Estado de sitio
Te explicamos qué es el estado de sitio, en qué casos se declara y cómo. Además, qué son el estado de alarma y el de emergencia.
¿Qué es el estado de sitio?
En derecho constitucional, el estado de sitio es uno de los tipos de regímenes de excepción que un gobierno puede declarar cuando se ve forzado a hacer frente a situaciones particularmente graves y extraordinarias, y necesita flexibilizar ciertas leyes y normas habituales. Este tipo de mecanismos legales suelen estar contemplados en la constitución de los países, en donde se detalla cuáles son las condiciones específicas que los justifican y cuáles son los modos en que deben proclamarse.
El estado de sitio, específicamente, consiste en un estado muy cercano a la guerra, en el que existe una amenaza grave para la sobrevivencia de la nación o la vida de sus ciudadanos. Esto justifica la suspensión temporal de ciertas garantías legales y la entrega temporal de un mayor poder y protagonismo a las fuerzas armadas, con el fin de que dispongan de los recursos necesarios para poner a salvo la nación.
Normalmente, el estado de sitio es declarado por el poder ejecutivo de un país y refrendado luego por el poder legislativo (el parlamento), ya que el Estado entero se organiza para hacer frente a una amenaza extraordinaria, como puede ser la invasión de un ejército enemigo, una insurrección armada a escala nacional o algún otro evento catastrófico que exige el uso discrecional de la fuerza.
Ver además: Garantías individuales
¿Cuándo y cómo se declara el estado de sitio?
La declaración de un estado de sitio es una decisión de los poderes públicos, específicamente del poder ejecutivo y el poder legislativo, ante una amenaza de gravedad para la supervivencia de la nación. Los términos exactos en que esta declaración se produce, sin embargo, pueden variar según el ordenamiento jurídico de cada país, por ejemplo:
- Estado de sitio en Chile. En la Constitución chilena vigente (1980), se regula el estado de sitio (junto con los demás regímenes de excepción) en los artículos 39 al 45, así como en la Ley Orgánica Constitucional de Estados de Excepción. Allí se detalla que la declaratoria del estado de sitio se corresponde únicamente con motivos de fuerza mayor como la guerra, la guerra civil o los estados de conmoción interior, y que debe ser decretado por el presidente y aprobado por el Congreso en los cinco días siguientes. También existe la opción de no esperar por el aval del Congreso, pero en ese caso únicamente se podrá restringir el derecho a reunión. En todos los casos, el estado de sitio durará 15 días únicamente, que podrán luego ser renovados.
- Estado de sitio en España. En la Constitución española vigente (1978), el estado de sitio se detalla en el párrafo cuarto del artículo 116, donde se advierte que “…será declarado por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, a propuesta exclusiva del gobierno. El Congreso determinará su ámbito territorial, duración y condiciones”. Las condiciones para su activación, no obstante, se desarrollan en la Ley Orgánica 4/1981, donde se cita como motivos “…una insurrección o acto de fuerza contra la soberanía o independencia de España, su integridad territorial o el ordenamiento constitucional, que no se pueda resolver por otros medios”.
- Estado de sitio en Argentina. En la Constitución argentina vigente (1853), el estado de sitio se aborda en distintos artículos. En el artículo 23 se explica que ante una conmoción interior o ataque externo que “…pongan en peligro el ejercicio de esta Constitución y de las autoridades creada por ella, se declarará el estado de sitio en la provincia o territorio en donde exista la perturbación del orden, quedando suspensas allí las garantías constitucionales”. La declaratoria del estado de sitio corresponde al presidente, según el artículo 99, pero los mecanismos exactos de su aprobación varían dependiendo de la causa: si se trata de una causa interna corresponde a la Cámara de Diputados (art. 75), mientras que si se trata de una causa externa corresponde al Senado (art. 61).
- Estado de sitio en México. En la Constitución mexicana vigente (1917), el estado de sitio no aparece contemplado con ese nombre, pero sus mecanismos se explican en el artículo 29. Allí se indica que deberá ser proclamado por el presidente de la República y refrendado por el Congreso de la Unión, siempre que existan “…casos de invasión, perturbación grave de la paz pública, o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto”. En ese mismo apartado se explica que los derechos constitucionales podrán ser suspendidos solo temporalmente, cuando su existencia constituya un obstáculo para enfrentar de manera rápida y efectiva la amenaza, y con las notorias excepciones de los derechos del niño, los derechos humanos y otros derechos fundamentales como el derecho a la vida, al reconocimiento jurídico, a la libertad de cultos, a la libertad de conciencia, así como la prohibición de la esclavitud y la servidumbre, de la desaparición forzada de personas y de la tortura.
- Estado de sitio en Perú. En la Constitución peruana vigente (1993), el estado de sitio debe ser dictado por el presidente de la República, quien deberá acordarlo con el Consejo de Ministros y dar cuenta de ello al Congreso nacional, según el artículo 137. Dicho estado de sitio no podrá durar más de 45 días continuos y se justifica “en caso de invasión, guerra exterior, guerra civil, o peligro inminente de que se produzcan, con mención de los derechos fundamentales cuyo ejercicio no se restringe o suspende”. La prórroga del estado de sitio requiere de la aprobación del Congreso, que a esas instancias deberá reunirse de pleno derecho, pero no tiene un límite del tiempo que puede prorrogarse.
- Estado de sitio en Colombia. En la Constitución colombiana vigente (1991), el estado de sitio no se encuentra contemplado explícitamente, pero en su lugar se contemplan tres posibles estados de excepción, los cuales distinguen entre las posibles causas de la suspensión temporal de las garantías constitucionales: el estado de guerra exterior, el estado de conmoción interna y el estado de emergencia. Durante dichos estados el Congreso conserva la plenitud de sus funciones, para garantizar la proporcionalidad de las medidas y el mantenimiento de la democracia, por lo que no podrán suspenderse los derechos humanos ni las libertades fundamentales, ni se interrumpirá el normal funcionamiento del poder público, y la duración de estos estados de excepción deberá estar siempre definida de antemano. Los estados de excepción podrán ser declarados por el presidente y sus ministros, quienes contarán con entera discrecionalidad en sus mandatos, pero también serán los responsables directos de las acciones cometidas durante dicho lapso.
- Estado de sitio en Brasil. En la Constitución brasileña vigente (1988), el estado de sitio se detalla en el artículo 137, donde se explicita que es potestad del Presidente de la República solicitar al Congreso Nacional (previa audiencia con el Consejo de la República y el Consejo de Defensa Nacional, organismos facultados para opinar en el asunto) la promulgación de un estado de sitio, cuando exista “una perturbación grave con efectos nacionales o sucesos que muestren la ineficacia de una medida tomada durante el estado de defensa” o bien “una declaración de estado de guerra o respuesta a agresión armada extranjera”. De modo que la decisión final en este asunto corresponde a la mayoría absoluta del Congreso Nacional, la cual deberá decidir y comunicar la duración del estado de sitio y las garantías que se suspenden en ese lapso, que no puede superar los 30 días, pero puede renovarse por períodos iguales o menores. La Constitución detalla, además, las acciones que pueden tomarse legalmente contra los ciudadanos durante el estado de sitio, excluyendo las violaciones a los derechos humanos fundamentales.
Ejemplos de estado de sitio
El estado de sitio ha sido decretado en los siguientes países y momentos históricos:
- En la Argentina de 1985, el gobierno de Raúl Alfonsín decretó el estado de sitio por 60 días continuos, en medio de un contexto de crisis económica, política y social agudizado por la amenaza de bombas en diferentes colegios de la capital (29 tuvieron que ser desalojados en un mismo día) y atentados violentos contra la sede del Comando en Jefe del Ejército.
- Entre 1970 y 1991, Colombia vivió conflictos internos en lo civil y militar, lo cual justificó el decreto del estado de sitio durante casi 17 años no continuos. La prolongación indefinida de este régimen de excepción fue una de las causas de su supresión en la nueva constitución colombiana.
- En 2021, el entonces presidente de Chile Sebastián Piñera impuso el estado de sitio en 72 comunas sureñas del país, como respuesta a la violencia y los atentados de diversos grupos extremistas mapuches que reclamaban la devolución de sus tierras ancestrales.
Estado de alarma
Otro de los regímenes de excepción contemplados en numerosas constituciones nacionales es el estado de alarma, el cual se declara como respuesta excepcional de parte del gobierno de un país, para enfrentar situaciones fuera de lo ordinario que impiden el funcionamiento normal y cotidiano de los poderes públicos y las instituciones oficiales.
Dichas situaciones pueden ser epidemias, fenómenos naturales de gravedad o situaciones de desorden social que ameritan la toma de decisiones políticas, económicas y sociales por fuera de lo corriente, como delegar funciones de un organismo a otro, movilizar las fuerzas armadas o tomar otras decisiones estratégicas a escala local o nacional.
Estado de emergencia
El estado de emergencia es otro régimen de excepción presente en numerosas constituciones nacionales que implica un peldaño más allá del estado de alarma, es decir, que se emplea ante situaciones de mayor severidad, en las cuales el gobierno requiere de poderes o facultades extraordinarias, especiales y temporales.
De esa manera, puede emprender acciones que normalmente serían objeto de trámites regulares, lentos y con mayor supervisión burocrática, pero que un sentido de urgencia amerita tomar de manera rápida y eficiente. Este tipo de estados suelen decretarse ante grandes catástrofes naturales, situaciones de conmoción interna, golpes de Estado, entre otros.
Estado de guerra
El estado de guerra o la Ley marcial es el más grave de los regímenes de excepción que contemplan la mayoría de las Constituciones nacionales. Se trata de la movilización total del Estado para hacer frente a una situación de guerra civil, rebelión abierta o invasión por fuerzas extranjeras, lo cual implica el control total del Estado por parte de las fuerzas armadas y la sustitución del orden civil por el orden militar.
Así, muchas leyes son suspendidas y muchas garantías anuladas, dependiendo de las condiciones de gravedad de la situación, y los tribunales militares se ocupan de impartir de manera rápida y eficaz la justicia, lo cual a menudo implica la vigencia de la pena de muerte y otras soluciones extremas.
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Referencias
- “Estado sitio” en Wikipedia.
- “Qué es el estado de sitio y cuándo corresponde aplicarlo” en Infobae (Argentina).
- “State of Siege” en Encyclopedia.com.