Posesión

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La posesión es el poder efectivo sobre una cosa por parte de una persona, sin saber si es el verdadero titular de esa cosa.

Es decir, la posesión es la tenencia de una cosa, es un fenómeno jurídico que es un hecho, o se tiene o no se tiene la posesión de algo.

Por ejemplo, si alguien utiliza un coche, esa persona es poseedor del coche. Pero esto no significa que sea el propietario del coche.

Lo que hace el poseedor es el ejercicio de facultades que corresponderían ejercer al titular de un derecho real, pero sin necesariamente ser el verdadero titular de este derecho.

Características de la posesión

Las principales características que definen la figura de la posesión son:

  • Esta figura jurídica, que a su vez es un hecho, significa que la ley presume que las personas que poseen una cosa son los verdaderos titulares de ese derecho.
  • La posesión da apariencia a una persona de ser el titular de un derecho real.
  • Se regula en el Código civil.
  • Cualquier persona física o jurídica puede ser poseedor, ya que una persona no se erige poseedor al cumplir requisitos, sino que es una situación de hecho.
  • La posesión puede ser ejercida por varios poseedores.
  • El ordenamiento jurídico da protección a la posesión, es decir, prohíbe que nadie (ni siquiera el que tenga el derecho legítimo a poseer por ser propietario) pueda arrebatar la posesión por la fuerza.
  • Puede recaer sobre cosas y derechos susceptibles de apropiación, como la servidumbre.

Clases de posesión

Hay diferentes clases de la tenencia efectiva de una cosa:

  • La posesión puede ser mediata o inmediata.
    • La mediata es una posesión de derecho y no es un hecho, es decir, no es una tenencia efectiva de una cosa. Por ejemplo, en un contrato de arrendamiento. El arrendador es poseedor mediato del piso alquilado, aunque no está poseyéndolo de forma efectiva y real.
    • La inmediata es una posesión de hecho, es decir, de quien tiene la efectiva cosa bajo su poder. Siguiendo el mismo ejemplo, en un contrato de arrendamiento, el arrendatario es poseedor inmediato del piso alquilado, porque tiene la tenencia efectiva y real.
  • La posesión puede ser ostentada por el verdadero titular de la cosa o no.
    • La posesión ostentada por el verdadero titular hace que coincida el propietario y el poseedor de la cosa. Es decir, la persona que tiene la tenencia efectiva de la cosa es además el titular del derecho real. Por ejemplo, al heredar un coche o disponer del vehículo.
    • La posesión ostentada por una persona que no es el titular. Por ejemplo, una persona hereda un coche, pero permite que sea su hermano quien dispone del vehículo. El hermano tendrá la posesión sin ser el verdadero titular.
  • Puede ser de buena fe o de mala fe.
    • De buena fe: La persona tiene la creencia que es el titular legítimo de la cosa que posee efectivamente.
    • De mala fe: La persona sabe que no es el titular legítimo de la cosa que posee efectivamente.

Efectos de la posesión

Los principales efectos son:

  1. La presunción de titularidad: La persona poseedora tiene la presunción del ordenamiento de que es el verdadero titular.
  2. Puede adquirir los frutos el poseedor de buena fe.
  3. El poseedor, cuando no sea el titular de la cosa y tenga que entregar la misma, tiene derecho al reembolso de los gastos efectuados en la cosa, como los gastos de conservación.
  4. Usucapión: Esta figura jurídica es la posibilidad de adquirir derechos reales a través de la posesión continuada en el tiempo. Por tanto, la persona que posee sin ser titular podrá llegar a ser el titular legítimo a través de esta figura de la usucapión.