Derecho
El derecho es un conjunto de normas que regulan la conducta humana y ordenan la sociedad en un momento determinado a través de la imposición de reglas y de la creación de órganos e instituciones que velan por su cumplimiento y aplicación.
Este sistema normativo, conocido como derecho, obliga a ser contemplado en la vida pública y privada de todas las personas y puede ser impuesto con carácter coercitivo.
Es decir, las instituciones y órganos destinados a ello podrán hacer uso de la fuerza, como por ejemplo imposición de multas o sanciones para su correcta aplicación.
Origen e historia del derecho
No existe una fecha exacta que permita datar el origen del derecho. Sin embargo, sí que es conocido que desde el año 218 a.C. hasta el 476 d.C. se establece por los romanos un completo y complejo sistema normativo conocido como el derecho romano, cuna de los sistemas normativos contemporáneos.
Este derecho romano fue el propulsor de la principal diferenciación en los sistemas normativos, el derecho público y el derecho privado. Igualmente, nacen con este derecho las normas procesales, los derechos reales, normas de familia y normas penales entre otras.
Pero la gran gesta del derecho romano fue la normativización de sus reglas a través del corpus iuris civile que aglutinó todas las normas jurídicas de origen romano en un documento escrito. El derecho romano sigue siendo la base del derecho continental. El derecho fue evolucionando hasta llegar a la edad moderna donde adquirió la característica principal de ser un instrumento del Estado. Es decir, adquirió su naturaleza positivista.
Características del derecho
Las características del derecho podrían aglutinarse en:
- Bilateralidad: Es necesario que existen dos partes sometidos a la voluntad de la ley, lo que diferencia al derecho de una ciencia moral.
- Coercitividad: Las normas jurídicas pueden ser aplicadas coercitivamente por el Estado, esto diferencia al derecho de cualquier ciencia social.
- Heterónomo: Las normas deben ser emitidas por una entidad independientemente de quién debe cumplirlo, garantizando así la sumisión a esas normas. Lo cual, lo diferencia por ejemplo, de una banda terrorista.
- Jerárquico o sistematizado: Las normas siguen un sistema de prelación y coherencia entre ellas. Forman un complejo sistema.
- Es una ciencia social independiente: Debe ofrecer una solución coherente para el contexto social en el que se desarrolla.
- Justicia: Persigue una proyección justa, aunque este término es subjetivo para cada persona.
- Variable: El derecho es una ciencia que se ve influenciada por el momento histórico en el que se desarrolle.
- Omnipresencia: Está permanentemente presente durante la vida en actos cotidianos aunque no nos demos cuenta. Por ejemplo, cuando hacemos la compra.
Ramas del derecho
El derecho se puede dividir en:
- Derecho natural: Existencia de reglas sin que nadie haya tenido que dictarlas en una norma. Es decir, es previo al derecho positivo e incluso al derecho consuetudinario.
- Derecho positivo: Es el sistema jurídico contemporáneo. Son las normas escritas que han cumplido con requisitos formales y materiales para ser dictadas y que tienen aplicación coercitiva. Dentro del derecho positivo hay que diferenciar entre:
- Derecho público.
- Derecho procesal.
- Derecho internacional público.
- Derecho constitucional.
- Derecho privado.
- Derecho civil.
- Derecho internacional privado.
- Derecho social: Este derecho se asocia con el derecho público, pero tiene también características del derecho privado.
- Derecho laboral.
- Derecho público.
Fuentes del derecho
Las fuentes del derecho son:
- Leyes: Las normas escritas que emanan de la voluntad del pueblo a través de las cortes. Estas normas son aprobadas según el procedimiento oportuno designado por cada Estado y son publicadas para que así puedan ser conocidas por todos los ciudadanos. Son susceptibles de aplicación coercitiva y son la principal fuente que utilizan los jueces o árbitros para solventar un pleito.
- Costumbres: Es conocido como el derecho consuetudinario y es una fuente subsidiaria de la ley. Se trata de actuaciones recurrentes en un lugar determinado.
- Principios generales del derecho: Son un conjunto de ideas que atribuyen a las normas y al sistema jurídico en general un carácter ético. Son fuentes subsidiarias tanto de leyes como de costumbres.
- Jurisprudencia: Son las sentencias emanadas por los tribunales. La jurisprudencia como fuente de derecho es un tema controvertido. En los sistemas de derecho romano o continental, la jurisprudencia no es reconocida como fuente de derecho porque no se le otorga la función de creación de derecho sino simplemente de aplicación y control del mismo. En cambio, en el sistema de derecho anglosajón sí se reconoce a la jurisprudencia como fuente de derecho ya que tiene otorgada la potestad de creación de derecho. Es decir, sus sentencias serán un precedente y tendrán que ser cumplidas a futuro.
¿Para qué sirve el Derecho?
Sus principales funciones son:
- Dirección de la conducta: Función fundamental promoviendo o disuadiendo los comportamientos valorables o reprobatorios. Esta función se observa con claridad en la intervención en procesos económicos, de producción y distribución para satisfacer necesidades.
- Resolución de conflictos: Rige el principio de la autonomía de la voluntad que permite que los particulares con ciertos límites y siguiendo los cauces del derecho, intenten resolver ellos mismos los conflictos surgidos sobre todo en contratos o acuerdos. Y si ellos no pueden, acuden igualmente al derecho a través de los tribunales.
- Configuración de las condiciones de vida: Garantiza un tipo de relaciones. Por ejemplo, limita la autonomía de la voluntad a través de establecer condiciones dignas de trabajo.
- Organización del poder social: Creación de las normas secundarias que designan los sujetos y procedimientos para crear o modificar las normas y los órganos que las aplican. Esto es, institucionalizar el derecho.
- Legitimización del poder social: Legitimar es el título o razón por el que el derecho consigue la obediencia de sus ciudadanos voluntariamente, un poder estará legitimado cuando es aceptado por quienes son destinatarios de sus decisiones.