Despido
El despido es la extinción de la relación laboral por decisión unilateral del empresario, no es un acuerdo entre las partes.
Es decir, un despido es cuando un empleador decide prescindir de los servicios prestados por su empleado.
Esta finalización de la relación laboral siempre tendrá una calificación. Es decir, nunca nos encontraremos ante un despido simplemente. Será calificado y, dependiendo de ello, los justificantes y la indemnización serán distintas.
Tipos de despido
Los tipos de despidos son los siguientes:
¿Qué es? Esta extinción del contrato de trabajo es provocada por la actitud o aptitudes del trabajador, por ejemplo, no realizar las funciones esenciales del trabajo habitual, la impuntualidad o faltas de respeto. Se trata de que el trabajador ha incumplido el contrato laboral de manera grave y culpable.
Causas: Las causas que motivan esta extinción del contrato laboral son derivadas de la culpabilidad del trabajador:
- Embriaguez en el trabajo
- No adaptación al puesto de trabajo
- Impuntualidad
- Desobediencia a las órdenes del empleador
- Faltas de respeto ya sean verbales o físicas
- Disminución del rendimiento habitual de trabajo
- Haber sido autor de acoso laboral
- Faltas al trabajo sin justificación
Indemnización: Este despido no da derecho a una indemnización.
¿Qué es? esto significa que el empleador decide poner fin a la relación laboral con el empleado por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición que se considere discriminación.
Causas: Las causas que provocan que un despido sea nulo son la violación de derechos fundamentales o discriminación. Por ejemplo, despedir por ser católico o ser de un país determinado o despedir a una trabajadora embarazada por su estado.
Indemnización: El empleador está obligado a readmitir al trabajador en el puesto que ocupaba habitualmente o en funciones habituales. Además, el empleador debe pagar los salarios que no haya cobrado el trabajador mientras haya durado la extinción del contrato. En este caso, como el trabajador va a ser readmitido, no tiene derecho a indemnización.
¿Qué es? Se califica como improcedente atendiendo a razones formales o de fondo en la decisión del empleador.
Causas:
- Es improcedente por motivos de fondo -> Cuando no se haya logrado acreditar la causa que se esgrime para extinguir la relación laboral o cuando los hechos, aunque hayan sido probados, no son lo suficientemente graves como para que la sanción sea el despido.
- Es improcedente por motivos de forma -> Cuando no se haya seguido el procedimiento señalado por ley para informar y notificar del despido al empleado, como, por ejemplo, no cumplir con los plazos.
Indemnización: El empresario puede decidir, cuando se ha declarado improcedente el despido, si quiere indemnizar o readmitir en su puesto de trabajo regularmente al trabajador.
En caso de readmisión, se deben abonar los salarios que no haya cobrado el trabajador mientras haya durado la extinción de la relación laboral. Y se le devuelve a su puesto habitual o funciones habituales.
¿Qué es? No se basa en la voluntad del incumplimiento por parte del trabajador, sino que lo que motiva este despido son causas objetivas vinculadas con el rendimiento esperado por el empleador o con la gestión de la empresa.
Causas: Ineptitud, falta de adaptación al trabajo, causas económicas, técnicas, organizativas o productivas.
Indemnización: Debe indemnizar al trabajador. Dependiendo del Estado, la cuantía variará.
¿Qué es? Esta extinción del contrato de trabajo puede ser provocada por distintos motivos.
Causas: Puede basarse tanto en las circunstancias del trabajador como en las circunstancias productivas de la empresa que hacen insostenible mantener el puesto de trabajo.
Lo importante para calificar a un despido como procedente es que se hayan respetado las normas establecidas por la legislación laboral, en lo relativo a información a entregar al trabajador, plazos de preaviso, consultas previas y fundamentos para hacer efectivo el despido.
Indemnización: El trabajador tendrá derecho a indemnización si el despido procedente es causa de un despido objetivo, nunca en caso de uno disciplinario.
De lo anterior, podemos deducir que un despido puede pertenecer, al mismo tiempo, a más de una de las clasificaciones explicadas.