Protesto

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Protesto hace referencia a una fórmula jurídica utilizada durante un proceso judicial para que quede constancia del desacuerdo de una de las partes del conflicto con una decisión de la autoridad judicial e igualmente es un acto que hace prueba de la falta de pago de un título-valor.

El protesto es la manifestación de la falta de aceptación de una decisión durante un juicio, habitualmente relativa a la admisión y práctica de la prueba.

También es una formula tradicional para dejar constancia de la no aceptación del pago de una letra de cambio, de un cheque o de un pagaré.

Protesto en la letra de cambio, cheque o pagaré

Este protesto es un acto probatorio que deja constancia de falta de pago de un título-valor como la letra de cambio, el cheque o el pagaré o de la falta de aceptación de una letra de cambio.

¿Qué significa? Que cuando el tenedor de ese reconocimiento de deuda o título valor observa que no va a conseguir que se haga efectivo el pago de la deuda, utiliza este mecanismo.

Características de protesto

Las características principales de este proceso son las siguientes:

  • Tiene efectos probatorios tales como la falta de pago.
  • Tiene un plazo determinado para esgrimir el protesto (normalmente 5 días).
  • Se tiene que comunicar al librado de forma fehaciente.
  • El protesto es notarial, donde esta figura pública dejará constancia en acta.
  • Este protesto abre vías para iniciar acciones en el derecho mercantil como por ejemplo la acción de regreso que tendrá el tenedor de una letra de cambio contra todos los intervinientes en la letra.
  • Si se hizo protesto por falta de aceptación, no será necesario hacerlo de nuevo por la falta de pago.

Protesto en el ámbito judicial

Mientras se esté practicando una audiencia previa, es decir, una vista ante el juez donde se proponen las pruebas que deberán ser practicadas en la vista del juicio, el juez puede inadmitir ciertas pruebas por considerarlas inútiles para la resolución del caso.

En ese caso, la representación letrada, es decir, el abogado, podrá recurrir esa decisión y si el juez le deniega esa impugnación, dejará constancia mediante el “protesto”.

Esto es muy importante, porque al dejar constancia de este protesto se podrá recurrir en segunda instancia esta inadmisión de la prueba, en caso de no dejar por escrito esta protesta ya no se podrá reclamar que el juez inadmitió una prueba.