Riesgo de crédito

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El riesgo de crédito es la posibilidad de sufrir una pérdida como consecuencia de un impago por parte de nuestra contrapartida en una operación financiera, es decir, el riesgo de que no nos pague.

El riesgo de crédito supone una variación en los resultados financieros de un activo financiero o una cartera de inversión tras la quiebra o impago de una empresa. Por tanto, es una forma de medir la probabilidad que tiene un deudor (derecho de pago) frente a un acreedor (derecho de cobro) de cumplir con sus obligaciones de pago, ya sea durante la vida del activo financiero o a vencimiento.

Este tipo de riesgo está relacionado directamente con los problemas que pueda presentar la compañía, de una forma individual. En cambio, el riesgo de mercado (en el que se incluye riesgo de divisa, de precio, de volatilidad, etc.) tiene un componente de riesgo sistemático (es aquel que se deriva de la incertidumbre global del mercado que afecta en mayor o menor grado a todos los activos existentes en la economía).

Una característica a tener en cuenta es la forma de la distribución del riesgo de crédito. Mientras que el riesgo de mercado toma una distribución normal, lo que quiere decir que es simétrica dando las mismas probabilidades a ambos lados de la distribución, el riesgo de crédito es asimétrica negativa. Con una asimetría negativa, hay más valores a la izquierda de la distribución, es decir, de la media. Además, la media de la distribución es menor a la media de la distribución normal.

Tipos de riesgo de crédito

Existen dos grandes grupos de riesgo de crédito en un banco que dependen directamente de la contrapartida.

  • Riesgo de crédito minorista: es aquel riesgo que se origina mayoritariamente a la actividad de financiación a personas físicas y PYMES. En este sentido, entraría cualquier tipo de financiación a este segmento, ya sean préstamos (hipotecas), créditos (consumo, tarjetas) o cualquier actividad de financiación relacionada con ellos.
  • Riesgo de crédito mayorista: es un riesgo algo más complejo. Tenemos que tener en cuenta que el riesgo de crédito mayorista incluye el riesgo de contrapartida. Dicho riesgo, puede venir de actividades de financiación, como puede ser un repo, o también de actividades over the counter (OTC) como derivados tales como swaps de tipo de interés (interest rate swaps -IRS-), permutas de incumplimiento crediticio (credit default swaps -CDS-) o warrants. En defintiva, se puede originar por la propia actividad de la entidad realizando ventas, o en actividades de fusiones y adquisiciones (M&A).

Tres formas del riesgo de crédito

Hay tres formas del riesgo de crédito: riesgo de default (quiebra), riesgo de rebaja crediticia y riesgo de spread de crédito.

  • Riesgo de default: es aquel riesgo por el que un emisor de un bono (o deudor de un préstamo) que tiene lugar cuando no cumple con sus obligaciones contractuales. Este tipo de impago puede ser parcial o completo. Cuando el impago es parcial, una parte de la deuda emitida es recuperada por el prestamista de los fondos. Mientras que cuando se produce un default completo, el deudor no paga absolutamente nada de la cantidad que debe.
  • Riesgo de rebaja crediticia: es la posibilidad de que una agencia de calificación haga una rebaja en la calidad crediticia de ese activo o ese emisor.
  • Riesgo de spread de crédito: es el riesgo que mide un aumento en la rentabilidad del activo de referencia respecto a la rentabilidad de un activo libre de riesgo con un vencimiento parecido. En Europa es común utilizar de benchmark el bund alemán y en Estados Unidos el bono Americano. Un aumento del spread nos indica que el activo de referencia lo está haciendo en comparación al activo libre de riesgo peor. Por ejemplo, si el activo libre de riesgo tiene una rentabilidad del 6%, y el activo de referencia (por ejemplo un bono de una empresa A) está dando una rentabilidad del 8%, el spread será de un 2%. En el supuesto escenario de que el spread pase de un 2% a un 2,5% el precio de ese activo de referencia habrá bajado en relación al activo libre de riesgo (recordemos que en los bonos la rentabilidad se mueve en dirección contraria).

Cálculo del riesgo de crédito

El riesgo de crédito es medido por la pérdida esperada (PE), y se calcula igual para el riesgo de crédito minorista y mayorista con la siguiente formula:

PE = PD x EAD x LGD

Donde:

Probabilidad de default (PD): es la probabilidad de que el prestador no cumpla con sus obligaciones contractuales (en inglés probability of default).

Exposición a default (EAD): es el valor de la posición en el momento del default. Por ejemplo, la EAD en un préstamo nuevo es únicamente del principal, mientras que si está cerca de vencimiento será del principal y de los intereses (en inglés exposure at default).

Pérdida en caso de incumplimiento (LGD): la pérdida para el prestamista dado que el prestatario ha incumplido la obligación (en inglés loss given default). El banco en este caso recupera parte de la inversión siendo la tasa de recuperabilidad (recovery rate -R-), LGD=1-R.

PE = PD x EAD x (1-R)

Ejemplo de riesgo de crédito

Imaginemos que una empresa «A» ha recibido un prestamos al 8% pagadero a 1 año de un nominal de 10 millones de euros del banco «B».

El interés del prestamo es pagado a vencimiento.

El departamento de riesgos del banco «B» ha estimado a este tipo de empresas -previo estudio de su balance- un 6% a 1 año de probabilidad de default.

Asumiendo una recuperabilidad del 40%, la pérdida esperada (PE) es:

PE = 0,06 x 10.000.000 € x (1-0,4)

PE = 0,06 x 10.000.000 € x 0,6

PE = 360.000 euros