Jurisdicción

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La jurisdicción es el poder de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado que corresponde a los jueces y en conjunto al poder judicial de acuerdo a las leyes.

La jurisdicción es la función y el poder que tienen los jueces de resolver los conflictos que llegan a juicio dentro de sus competencias. ¿Qué significa dentro de sus competencias? Que no todos los jueces pueden juzgar todo. Es decir, la ley establecerá que jueces se harán cargo de qué casos.

Por ejemplo, la jurisdicción, es decir, el poder de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, se verá limitado por las leyes de competencia funcional y territorial. La ley marcará que juez tiene potestad jurisdiccional. Esto es, quién puede juzgar un pleito dependiendo del territorio (ciudad, provincia, etc) donde se haya cometido el delito o viva el demandado, por ejemplo. También dependerá de que clase de acción se ejecute por parte del demandante, civil, penal, laboral, etc.

Dependiendo de qué clase de juicio se vaya a desarrollar y el territorio, se establecen las competencias funcionales y territoriales. Una vez limitada estas competencias, los jueces tienen que hacer cumplir con su función jurisdiccional, es decir, con resolver el conflicto.

¿De dónde reciben esta función los jueces? En una democracia con la división de poderes, el poder judicial que encarnan los jueces y tribunales tiene otorgada la función y el poder de juzgar y aplicar la ley. Sin embargo, este poder emana del pueblo, es el pueblo quien otorga este poder y quién se somete a la resolución de los conflictos que decidan los jueces de acuerdo a la ley vigente. Esta ley a su vez emana del pueblo.

Características de la jurisdicción

Las principales características de este poder son:

  • La jurisdicción es un poder público y pertenece al poder judicial.
  • La manifestación última o resultado final de la jurisdicción es la sentencia. Cuando la sentencia es firme tiene efectos de cosa juzgada. Es decir, que no podrá llevarse ante otro juez el mismo conflicto con las mismas partes.
  • El poder judicial tiene que ser independiente. Los jueces y tribunales solo tienen que estar sometidos a la ley y no deben recibir presiones externas de otros poderes y no tienen que tener implicación en el conflicto que van a resolver.
  • No habrá jurisdicciones especiales excepto cuando así lo disponga la ley. Esto significa que no hay jurisdicciones para distintas personas. Por ejemplo, sería anticonstitucional que hubiese juicios solo para mujeres y otros solo para hombres. La jurisdicción es unitaria. Como excepción, hay algunas jurisdicciones especiales aprobadas en algunos países como la jurisdicción militar.
    • Coloquialmente se habla de jurisdicción penal, civil, etc. Pero esto es un término incorrecto ya que no se trata de jurisdicciones distintas sino solo de la competencia atribuida a los jueces.
  • La jurisdicción está sometida completamente a ley. Los jueces no pueden resolver un conflicto entre personas a través de su experiencia u opinión. Por lo que tienen que aplicar la ley a través de la sentencia que pone fin al conflicto judicial.
  • Como garantías de que la jurisdicción sea independiente:
    • Los jueces pueden ser revocados por las personas que han llevado su conflicto ante el poder judicial porque ese juez tiene interés personal en el conflicto o con alguna de las partes.
    • Los propios jueces pueden abstenerse de resolver un pleito por ver comprometida su independencia.
    • Jueces y tribunales tienen establecidas por ley algunas incompatibilidades con su cargo en el poder judicial. Estas incompatibilidades intentan que su función no se vea influenciada y no resuelvan los conflictos de acuerdo solo a la ley.