Hipoteca inversa

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Una hipoteca inversa es un préstamo cuya garantía la conforma un préstamo hipotecario que recae, normalmente, sobre una vivienda habitual.

Lo que hace el banco es conceder (con ciertos requisitos) un préstamo con la garantía de una vivienda. Así, sucede que la hipoteca habitual disminuye con el tiempo y en este caso la deuda suele aumentar. El límite será el momento en que alguien, normalmente los herederos, se hace cargo de ella. Con ello se garantizan la propiedad de dicha vivienda.

Algunas consideraciones sobre la hipoteca inversa

Este producto lo conceden entidades financieras o compañías de seguros. Además, su objetivo es convertirse en una ayuda para personas con problemas económicos. Por el motivo anterior, hay una serie de consideraciones a tener en cuenta:

  • Normalmente se exige que la persona sea mayor de 65 años o que tenga un determinado grado de discapacidad (en España es el 33%) o de dependencia.
  • Por otro lado, la vivienda debe ser tasada y tener un seguro de daños. El objetivo es proteger el bien que sirve de garantía.
  • El importe del préstamo dependerá de la edad del solicitante, de si es o no vivienda habitual y de la forma de recibir el dinero (renta, pago único…).
  • Los herederos pueden conservar la propiedad de la vivienda si pagan la deuda. En caso contrario el banco podrá ejecutar la hipoteca, pero solo sobre el valor de esta y no el patrimonio personal de los herederos. También se puede optar por la venta.
  • Lo habitual, una vez solicitada, es que el banco nos exija cancelar la hipoteca que en su caso hubiera.
  • Los pagos a percibir pueden consistir en un uno único, que suele incluir intereses o bien una determinada renta periódica.

Aspectos legales

En gran parte de los países, este producto financiero esta regulado de forma precisa. La razón es evitar posibles abusos hacia el deudor. La norma suele exigir que los bancos presten un servicio de asesoramiento independiente al cliente. Normalmente este servicio lo suelen realizar empresas privadas y el coste es asumido por el banco.

Por otro lado, respecto a su fiscalidad, hay que tener en cuenta que el dinero recibido no es una renta. Esto tiene una implicación en el impuesto sobre la renta y es que estaría exento de pagarlo. Por tanto, la norma general es que no debemos pagar ningún tributo por ella.

Por último, hay que considerar los intereses y el seguro a pagar. Ambas cantidades pueden llegar a ser muy elevadas. De hecho, en ocasiones el préstamo puede tener un monto mayor al valor de la vivienda. En estos casos los herederos suelen renunciar a ellas, ya que no compensa pagar la deuda si el bien vale menos.

Este último aspecto ha llevado en algunos países, entre ellos España, a demandar. De hecho, en este hay algunas sentencias que las han considerado abusivas. Esto ya sucedió con otros asuntos como las cláusulas suelo, consideradas ilegales en muchas ocasiones. Por tanto, si creemos que estamos en esta situación, lo mejor es informarse y en su caso, actuar.