Contrato de descuento

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El contrato de descuento es el acuerdo por el cual un acreedor cede su derecho de cobro sobre una deuda con vencimiento futuro. A cambio, su contraparte -una entidad financiera- le realiza un pago en el presente.

En un contrato de descuento, al finalizar el plazo del financiamiento, el banco, como nuevo titular del préstamo, podrá cobrarlo ante el deudor.

Partícipes del contrato de descuento

Los partícipes del contrato de descuento son los siguientes:

  • Descontante: Banco o entidad financiera que paga por adelantado el crédito.
  • Cedente o descontatario: Acreedor que cede el préstamo a cambio de liquidez.

Características principales del contrato de descuento

Las características principales del contrato de descuento son las siguientes:

  • El banco descuenta los intereses que se generarían desde el pago del adelanto hasta el vencimiento de la deuda. Así, el importe que recibe el cedente es menor al principal del préstamo. Lo anterior quedará mejor explicado con un ejemplo más adelante.
  • Además de los intereses, la entidad financiera también descuenta comisiones y otros gastos.
  • Si el deudor no paga al descontante, por cualquier razón ajena a la voluntad del descontante, el banco podrá exigir el reingreso por parte del descontatario. Esto último siempre y cuando se haya transmitido una deuda . A esto se le conoce como cláusula «salvo buen fin». Dicha condición marca una diferencia respecto a la cesión de créditos donde puede o no existir la responsabilidad solidaria del acreedor.
  • El descuento puede efectuarse sobre letras de cambio, pagarés, créditos ordinarios o incluso cupones de acciones. Esto últimos son títulos que acreditan el derecho a cobrar dividendos y que pueden ser negociados.
  • Los créditos cedidos no pueden haber vencido ni estar en litigio.
  • El descontante puede acercarse a otra entidad financiera para cederle sus derechos de cobro. Esto, a cambio de una contraprestación en el presente. Dicha operación se conoce como redescuento.

Tipos de contratos de descuento

Los tipos de contratos de descuento, según su naturaleza, son los siguientes:

  • Comerciales: Cuando el documento descontado existe como consecuencia de una operación mercantil. Este es el caso, por ejemplo, de una letra de cambio que se acepta en una venta a crédito.
  • Financieros: Si el documento descontado no tiene detrás ninguna transacción, sino que ha sido emitido exclusivamente para obtener financiamiento del banco.

Ejemplo de contrato de descuento

Supongamos que una empresa necesita liquidez en el corto plazo por un gasto imprevisto. Asimismo, posee una cuenta a cobrar con vencimiento a tres meses de US$ 10.000.

La compañía se acerca al banco y este ofrece un contrato de descuento a una tasa anual equivalente de 5%. Además, aplicará una comisión de 1% por la operación.

Primero, calculamos el tipo de interés trimestral(i)

i=[(1+0,05)^(1/4)]-1=0,0123

Entonces, se aplica el descuento por intereses:

10.000/(1+0,0123)= 9.878,77

Finalmente, consideramos la comisión de 1% para obtener lo que recibirá el cedente:

9.878,77*(0,99)=US$ 9.779,98

El cedente recibirá 9.779,98 dólares. En realidad el valor su cuenta a cobrar es de 10.000 dólares pero al recibirlo antes, renuncia a una pequeña parte.

Alfonso Rodriguez de Quiñones

Toda la entrada del contrato de descuento es como de Mingote, pero l referenciA al significado de la cláusula “salvo buen fin” es simplemente lamentable e incorrecta, no se trata de que “ Si el deudor no paga al descontante, el cedente deberá hacerlo en su lugar”. Eso es una barbaridad jurídica.

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