Aberratio causae
La aberratio causae es la expresión jurídica que se utiliza para definir la comisión de un delito que se ha desviado de la forma de producirse que había planeado el autor.
Esta figura jurídica que significa “error en la causa” se utiliza para los casos en los que el autor de un delito quiere cometer un hecho delictivo, pero cuando prepara y ejecuta los actos conducentes a conseguir el resultado querido, consigue ese resultado, pero a través de otra causa y no la prevista.
Un ejemplo, es querer cometer el delito de asesinato, y cuando se propone a matar a la persona por medio de un disparo, la víctima muere de un infarto.
El resultado es el querido por el autor que es la muerte de la víctima, pero no se ha producido conforme a los actos planeados por el mismo. El resultado se produce por causas diferentes a las que procuraba el autor.
Características del aberratio causae
Las características principales de esta figura jurídica son:
- Está dentro de los errores penales.
- Es un error de hecho y no de derecho, se equivoca en los actos que pertenecen a la realidad y no en los componentes jurídicos.
- Es un error de hecho accidental y no esencial.
- No afecta a la comisión del delito ni a la vulneración del bien jurídico. Por tanto, debe ser castigado a través de una pena correspondiente.
- No elimina la culpabilidad. La culpabilidad junto a los otros dos requisitos de la teoría del delito conforman el delito.
- Ni elimina la tipicidad, ya que el delito en sí se encuentra normativizado en el código penal.
- Tampoco elimina la antijuridicidad. La persona sabía que sus acciones conllevarían la comisión de un delito.
- No es ningún atenuante.
- Solo opera en los delitos de resultado.
Figuras similares al aberratio causae y diferencias
Hay que hacer diferencias entre algunas figuras similares como el aberratio ictus o el aberratio delicti: