Subrogación

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La subrogación, en el ámbito del derecho, es la modificación de un contrato para sustituir a una persona (natural o jurídica) por otra. Ello, en el ejercicio de un atribución o en el cumplimiento de una obligación.

La subrogación se da usualmente en el marco de un financiamiento, cambiándose de prestamista o de deudor. Es considerada una sucesión o delegación de deberes o facultades.

Tipos de subrogación

Existen dos tipos de subrogación:

  • En la posición del acreedor: Puede darse producto de una compra/venta o donación, o incluso a consecuencia de una herencia. De esta forma, los derechos del acreedor son transferidos a un nuevo individuo o institución.

Por ejemplo, en el caso de préstamos como las hipotecas, pueden pasar de una entidad a otra. Ello, mediante una compra o consolidación de deuda. El objetivo de esta operación es mejorar las condiciones de financiamiento para el prestatario.

Para entenderlo mejor, la consolidación de deuda consiste en que el banco ofrece a una persona comprarle todos sus créditos pendientes, incluso si corresponden a distintas instituciones. Así, se consigue unificar dichos financiamientos cobrando además un menor tipo de interés,

  • En la posición del deudor: Se modifica al titular de un préstamo por otro. El acreedor deberá aceptar al nuevo deudor, luego de analizar su riesgo de crédito para asegurar su solvencia. Sin embargo, dicha aprobación no es necesaria si la subrogación es producto de una herencia, es decir, si ocurre a partir de la muerte del prestatario.

Este tipo de subrogación tiene como ventaja que no exige un pago de impuestos adicional porque no se está realizando una nueva transacción. Sin embargo, sí se deben abonar gastos administrativos adicionales, por ejemplo, para la respectiva inscripción en la notaría.

Una situación en la que se observa esta clase de subrogación es cuando se adquiere una vivienda con una hipoteca pendiente de pago.

Ejemplo de subrogación

Imaginemos que Pablo le debe a su banco 120.000 de una hipoteca. Hace unos años Pablo compró una casa y adquirió un préstamo con garantía hipotecaria. Sin embargo, por su situación financiera no puede seguir pagando esa hipoteca y tiene pensado vender la casa.

Una de las opciones que le ofrecen, en lugar de vender la casa, recibir un dinero y pagar su deuda con el banco es subrogar su hipoteca a otra persona (subrogado). Así, José se entera de que Pablo quiere deshacerse de su casa y se sientan a negociar.

Antes de sentarse a negociar con José, Pablo pregunta a un asesor por el precio de mercado de la casa. El asesor le dice a Pablo que la casa tiene un precio de mercado de 150.000 dólares. Sabiendo esto, Pablo se sienta a negociar con José y le propone lo siguiente: 15.000 dólares y la subrogación de la hipoteca. Mediante la subrogación, José pasaría a ser el nuevo titular de la hipoteca y, por tanto, el que tendría que abonar la cuota correspondiente todos los meses. Pablo se quitaría esa carga financiera y además ganaría 15.000 dólares.

En este ejemplo, la subrogación ha tenido lugar en el momento en que José, Pablo y el banco firman para que la titularidad del préstamo hipotecario (y con él, la titularidad de la casa) pasen de Pablo a José.