Expediente de Regulación de Empleo (ERE)

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El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) es un procedimiento administrativo que puede ser solicitado por una empresa en problemas, para poder reducir la jornada laboral, suspender temporalmente o extinguir los contratos laborales vigentes de un colectivo. 

El Expediente de Regulación de Empleo es una medida que se debe justificar por razones económicas, técnicas, organizativas o productivas que obligan a la empresa a reducir o eliminar las horas de trabajo contratadas por un determinado período de tiempo.

El objetivo del ERE es que la Autoridad Laboral competente pueda garantizar la protección de los derechos de los trabajadores y el cumplimiento de la normativa vigente por parte de la empresa. Desde el punto de vista de la empresa, el ERE permite ajustar la contratación de los trabajadores para luchar por su subsistencia en el mercado sin dejar de cumplir con sus obligaciones con respecto a sus trabajadores.

Circunstancias en las que se puede iniciar un ERE

Existen básicamente tres circunstancias en las cuales una empresa debe solicitar un ERE:

  • Desaparición de la personalidad jurídica de la empresa.
  • Despido colectivo o suspensión del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de la producción que ponen en riesgo la viabilidad de la empresa.
  • Suspensión o extinción del contrato por causas de fuerza mayor que no podían ser planificados por la empresa, como por ejemplo un incendio o un terremoto que ha dañado profundamente las instalaciones productivas de la empresa.

¿Quién puede iniciar el procedimiento de ERE?

El procedimiento ERE puede ser iniciado por la empresa o por los trabajadores (a través de sus representantes legales) que tienen la convicción de que si la empresa no lo hace, se verán perjudicados.

Procedimiento de tramitación del ERE

El procedimiento de ERE depende de la circunstancia que lo motiva:

CASO 1: Procedimiento sin que exista un problema de fuerza mayor

  • Período de consulta: Apertura de un período de consultas en donde se informa a los trabajadores (o a sus representantes) de que la empresa tiene la intención de solicitar el ERE. La idea es que durante esta etapa, trabajadores y empresarios puedan negociar y llegar a acuerdos con el fin de reducir los efectos negativos que conllevarán las medidas adoptadas en el ERE.
  • Envió del ERE a la Autoridad Laboral: La empresa envía a la autoridad competente la solicitud para llevar a cabo el ERE, junto con ello adjunta toda la información complementaria que le permita demostrar la situación de la empresa, el número de trabajadores afectados y la necesidad de las medidas solicitadas.
  • Resolución de la Autoridad: La autoridad laboral pertinente debe decidir si la solicitud del ERE es admisible considerando si las razones que se exponen son justificadas. Además, en caso de extinción del contrato de los trabajadores debe determinar las indemnizaciones y la declaración legal de la situación de desempleo de los afectados.

CASO 2: Procedimiento cuando existe un problema de fuerza mayor

En el caso de fuerza mayor el procedimiento es similar al CASO 1 salvo que la empresa debe presentar toda la evidencia que estime necesaria para comprobar la existencia de un problema de fuerza mayor. Además, el procedimiento de consulta no existe pero de todos modos se debe informar a los trabajadores. Posteriormente, la autoridad laboral emitirá su resolución.

Causas que justifican un Expediente de Regulación de Empleo en España

Ver explicación de la normativa española

Para realizar un ERE es necesario justificar una de las siguientes razones:

  1. Económicas: Debe producirse una reducción continuada de los ingresos ordinarios (pérdidas actuales) o puede tratarse de pérdidas que puedan tener lugar en un momento futuro.
  2. Técnicas: Que existan cambios en los sistemas de trabajo o en la forma en la que se organiza la producción.
  3. Productivas: Para ello, deben producirse modificaciones en la demanda de los productos o servicios que ofrece la empresa.

Además, puede justificarse por fuerza mayor (cuando no se puede evitar y no se ha podido prever) o porque se extinga la personalidad jurídica del contratante (quiebra de la empresa).

Qué pasa tras la aprobación de un ERE

Tras aprobarse, hay dos visiones. Por un lado la del empresario y, por otro, la del trabajador.

  • La empresa: Tiene dos alternativas, lleva acabo las medidas aprobadas (reducción jornadas, despidos, etc.) o bien, recurre contra la resolución si no está de acuerdo con ella.
  • Los trabajadores: Recurren la resolución por estar en desacuerdo o bien, la acepta y solicitan su prestación por desempleo.