Devolución
La devolución es el acto de regresar una mercancía adquirida a su vendedor. Esto, demandando a cambio el reintegro del monto pagado por ella.
Es decir, la devolución ocurre cuando un consumidor retorna un producto a quien originalmente se lo vendió, exigiendo un reembolso del dinero que pagó por la compra.
Usualmente, las empresas establecen políticas de devolución específicas, por ejemplo, en determinados plazos y procediendo solo con el respectivo comprobante de pago (como la factura o boleta) adjunto.
En muchas ocasiones, estas políticas vienen exigidas por la legislación que defiende los derechos de los consumidores.
Razones para la devolución
Este suceso puede darse por distintas razones:
- El producto no cumplió con las expectativas del comprador, las cuales fueron basadas, por ejemplo, en publicidad engañosa.
- La mercancía presenta algún tipo de daño o desperfecto que le impide desempeñar su función adecuadamente.
- El producto, luego de funcionar bien inicialmente, comenzó a fallar de forma inesperada, sin que el comprador haya hecho algo que pueda haber dañado la mercancía.
Devolución de un crédito
Otra acepción de devolución es la que se refiere a cuando un deudor devuelve el crédito recibido por parte de su respectivo acreedor.
En este caso, la devolución es el retorno del principal del préstamo. Sin embargo, el prestatario debe abonar, además, al prestamista un monto por concepto de intereses.
Otra definición de devolución, en un sentido más amplio, es la de reintegrar a alguien un bien que originalmente le pertenecía.
Por ejemplo, imaginemos que Carlos visita a Diana y, accidentalmente, olvida su billetera en casa de ella. Entonces, Diana encuentra el objeto y se lo devuelve.
Devolución de impuestos
Otro caso de devolución es aquel que se hace por impuestos pagados por adelantado.
Por ejemplo, supongamos que una persona natural debe pagar el impuesto a la renta a partir de las 40.000 unidades monetarias anuales. Sin embargo, cada mes paga un porcentaje de su salario al ente recaudador, imaginemos que un 8%.
Ahora, si el individuo no llega a las 40.000 unidades monetarias al final del año, la Administración Pública le hace una devolución de lo que ha ido pagando cada mes.
Es decir, la persona ha ido abonando cada mes a la autoridad recaudadora por si se diera el caso de que sus ingresos superaran el umbral de las 40.000 um. Sin embargo, si esto no sucede, la autoridad recaudadora tiene la obligación, al finalizar el periodo tributario, de reembolsar al contribuyente los adelantos que transfirió.