Declaración censal
La declaración censal es la documentación que deben de cumplimentar empresarios, profesionales y retenedores para dar de alta, baja o modificar la actividad económica que llevan a cabo. Esta declaración censal, en España, se realiza a través de los modelos 036 o 037.
Cuando una empresa, autónomo o retenedor quiere darse de alta, baja o modificar su actividad, debe realizar una declaración censal. Esta declaración tiene como objetivo crear un censo en el que se tengan contabilizados e identificados a todos aquellos sujetos que deben cumplir con ciertas obligaciones tributarias.
En este sentido, la declaración censal es la documentación que el interesado o apoderado debe cumplimentar y entregar para poder empezar a trabajar. La información que hay que aportar, en España, se recoge en los modelos 036 y en el modelo simplificado 037. Estos documentos incluyen todos los apartados necesarios para que la Agencia Tributaria disponga de toda la información que requiere.
¿Qué información hay que aportar en la declaración censal?
A continuación te explicamos qué información se debe aportar al cumplimentar el modelo 036. En función de la condición del solicitante, deberá completar unos u otros de los apartados que mencionamos.
En primer lugar, deberá aportar los datos identificativos de la persona o empresa que realiza la declaración. Estos datos son el NIF o CIF y la denominación social o nombre y apellidos.
Posteriormente, hay que indicar lo siguiente:
- Causas de la presentación:
- Alta.
- Modificación.
- Baja.
- Identificación:
- Personas físicas.
- Personas jurídicas o entidades.
- Establecimientos permanentes de una persona jurídica o entidad no residente.
- Representante/s.
- Declaración de actividades económicas y locales:
- Actividad.
- Lugar de realización de la actividad.
- Sujeto pasivo gran empresa y administraciones públicas.
- Impuesto sobre el Valor Añadido:
- Información obligaciones.
- Inicio de actividad.
- Regímenes aplicables.
- Registros.
- Deducciones.
- Gestión de otras opciones.
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), impuesto sobre sociedades o impuesto sobre la renta de no residentes.
- Régimen especial del título II de la ley 49/2002.
- Retenciones e ingresos a cuenta.
- Otros impuestos.
- Impuestos especiales.
- Impuesto sobre las Primas de Seguros.
- Impuestos Medioambientales.
- Regímenes especiales comercio intracomunitario (ventas a distancia y no sujeción al artículo 14 ley del IVA).
- Relación de socios, miembros o partícipes.
Esta es toda la información que se debe aportar en función de quién realice la declaración. Todos los campos mencionados anteriormente no son obligatorios para todos aquellos que presenten la declaración. En función de la condición del declarante, se deberán de cumplimentar unos u otros.
¿Quién debe inscribirse en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores?
Según lo establece la Agencia Tributaria, toda aquella persona o entidad que lleve a cabo las siguientes actividades deberá darse de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores:
- Actividades empresariales o profesionales.
- Abono de rentas sujetas a retención o ingreso en cuenta.
- Adquisiciones intracomunitarias de bienes.
- Personas o entidades no residentes que operen en territorio español.
- Personas o entidades no establecidas en territorio español de aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
- Todos aquellos socios, herederos, comuneros o partícipes de entidades en régimen de atribución de rentas. Los cuales desarrollen actividades empresariales o profesionales y tengan obligaciones tributarias, derivadas de su condición de miembros de dichas entidades.
¿Quién debe cumplimentar los modelos 036 y 037?
Como hemos mencionado anteriormente, tanto el modelo 036 como el modelo 037 han sido creados para realizar la declaración censal en España. Si bien es cierto, el modelo 037 es una versión simplificada a la que solo pueden acogerse algunos de los sujetos mencionados en el apartado anterior.
Antes de explicar quién se puede acoger al modelo 037, es necesario mencionar lo siguiente. Pues cualquier persona jurídica o entidad que no esté obligada a presentar la declaración censal de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, debe utilizar el modelo 036 para solicitar el número de identificación fiscal provisional o definitivo.
Por último, las personas físicas que deban inscribirse en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores y que cumplan los requisitos que se presentan a continuación, podrán hacer uso del modelo 037:
- Residentes en España.
- Disponer de un Número de Identificación Fiscal o NIF.
- No tengan condición de gran empresa.
- Actuar en nombre propio y no a través de un representante.
- No ser sujetos pasivos de Impuestos Especiales ni del Impuesto sobre Primas de Seguros.
- Su domicilio fiscal debe coincidir con el de gestión administrativa.
- No debe estar incluido en el régimen especial del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
- No figurar en el Registro de operadores intracomunitarios o en el registro de devolución mensual.
- Realizar únicamente las adquisiciones en el artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.
- No realizar ventas a distancia.
- No satisfacer rendimientos de capital mobiliario.
¿Cómo presentar la declaración censal?
Conforme han ido pasando los años, los trámites con la Administración Pública se han ido digitalizando, ya que de esta forma se facilita el proceso y se reducen los tiempos de espera.
Así, la presentación censal se puede realizar de tres formas diferentes, como detallamos a continuación:
- Oficina de la Agencia Tributaria.
- Correo certificado dirigido a la oficina de la Agencia Tributaria.
- Presentación telemática a través del portal de la Agencia Tributaria, accediendo con algunos de los métodos identificativos digitales, como pueden ser el certificado electrónico.
En conclusión la declaración censal es la documentación que debe cumplimentar cualquier empresario, profesional o retenedor para llevar a cabo su actividad, modificarla o darla de baja. Puede realizarse a través de los modelos 036 o 037, mediante las diferentes vías que ofrece la Agencia Tributaria.