Contrato público

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Un contrato público es un documento que recoge un acuerdo entre dos partes, y en el que figuran, los detalles y las condiciones de una determinada operación. Dado que es un contrato público, una de las partes interesadas debe ser la Administración Pública.

Cuando hablamos de contratos, una de las clasificaciones más comunes que podemos hacer es la que establece las diferencias entre un contrato privado y un contrato público.

En ambos casos, estamos hablando de un documento que recoge el acuerdo entre dos partes interesadas, y en el que figuran los detalles y las condiciones para llevar a cabo una operación. Sin embargo, la diferencia la encontramos en las partes interesadas.

En el caso del contrato público, una de las partes es la propia Administración Pública.

¿Para qué sirve un contrato público?

Imaginemos que la Administración necesita contratar a una empresa de limpieza para que limpie las oficinas y los edificios públicos. En este caso, ¿por qué la Administración no hace un contrato con la empresa privada y se ve en la obligación de hacerlo mediante un contrato público?

Pues por el simple hecho de que la Administración no puede usar recursos públicos para contratar lo que quiera y a quien quiera.

Para eso sirve la contratación pública.

En democracia, si la Administración quiere contratar un determinado servicio, esta debe seguir un proceso democrático de selección por si hubiera más empresas interesadas.

De esta manera, el Estado se encarga de publicar las condiciones del servicio que quiere contratar, las exigencias y lo que está dispuesto a gastar. Cuando tenemos la oferta, aquellas empresas interesadas en ofrecer el servicio a la Administración, y que cumplen las condiciones que se exigen en la oferta, se postulan y emiten sus propuestas.

Posteriormente, se valoran las propuestas y, tras el desarrollo de este proceso democrático, el Estado se selecciona a la empresa ganadora y que, por tanto, realizará el servicio.

¿Qué es una licitación pública?

Para que la Administración pueda firmar un contrato público, antes debe existir una licitación pública. Lo que hemos definido en el último párrafo del apartado interior, grosso modo, es una licitación pública.

Así, hablamos de un procedimiento administrativo que debe seguir la Administración para adquirir algún tipo de bien, contratar un servicio a una empresa privada o contratar, por ejemplo, la construcción de algún tipo de infraestructura.

Para entenderlo mejor, una licitación pública es lo mismo que un concurso público.

Imaginemos que el Estado quiere comprar 10 coches para la policía.

El Estado, dado que usará recursos públicos, no puede seleccionar a una empresa privada libremente, así como un coche concreto. Pues este podría seleccionar el concesionario de su hermano, y comprar coches de muy alta gama y que dejen mucho beneficio.

Para evitar esto, es decir, para evitar la corrupción, el Estado se ve en la obligación de lanzar un concurso público. En este concurso, un comité experto valora lo que estos policías necesitan. Habiendo valorado lo que necesitan, el Estado emite un anuncio en el que se indica el número de coches que necesitan, el presupuesto disponible, así como los requisitos técnicos que debe cumplir el modelo de coche que ofrecerán las empresas.

Cuando tenemos el anuncio, las distintas empresas emiten sus ofertas y quedan pendientes de la valoración. Cuando el Estado ha emitido la valoración, se adjudicará el concurso o la licitación a la empresa que obtenga una mayor valoración y que, por tanto, más se ajusta a las exigencias que tiene el Estado. Y, una vez se ha adjudicado el concurso, se firma el contrato público en el que participan, por un lado, el Estado o la Administración y, por otro lado, la empresa que ganó dicho concurso.

Contratos públicos de adjudicación directa

En ocasiones, la Administración o el Estado pueden permitirse contratar un servicio o adquirir un bien sin necesidad de publicar una licitación pública.

Cuando esto ocurre, decimos que es una «adjudicación directa». El hecho de que se denomine así es porque no sigue ningún procedimiento democrático, como el anteriormente descrito.

Ahora bien, en muy pocas ocasiones puede hacerse de esta manera. Digamos que esta manera de formalizar un contrato público queda reservada para servicios o bienes que no requieren un alto desembolso por parte de la Administración. En España, por ejemplo, los contratos menores se adjudican de esta manera.

Pues, como indica su nombre, un contrato menor no representa un gran desembolso de recursos públicos, por lo que se permite que se haga así para agilizar el proceso.

¿Y yo? ¿Cómo puedo optar a un contrato público?

Si ya sabes qué es un contrato público y lo que quieres es llegar a un acuerdo con la Administración, debes saber que esto que piensas es muy posible.

El Estado, como hemos dicho anteriormente, debe publicar aquellos servicios que precisa, o aquellos bienes que desea adquirir.

Una vez se ha publicado, debemos revisar un documento denominado «pliego de condiciones». En este se especifican los requisitos que debe cumplir la empresa que ofrezca el bien o el servicio, así como los requisitos que debe cumplir este bien o este servicio.

Tras leer el anuncio y el pliego de condiciones, si cumplimos y nuestro producto o servicio también, emitiremos nuestra propuesta mediante los canales que indique el anuncio y esperaremos a ver si hay suerte.

Si hay suerte, nos adjudicarán el concurso y firmaremos el contrato. Si se lo adjudican a otro, lo comunicarán. De la misma forma que si no lo adjudican a nadie, diremos que el concurso ha quedado desierto.