Cédula de habitabilidad

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La cédula de habitabilidad es un trámite administrativo que acredita que una vivienda contiene todas las condiciones necesarias y así puede ser habitada.

Esta cédula es un documento administrativo que contiene si esa vivienda tiene cubiertas las necesidades básicas. En resumen, que reúne los requisitos higiénicos sanitarios y técnicos para que esa vivienda (da igual que se trate de una casa independiente o de un piso en propiedad horizontal) pueda contratar los suministros básicos para ser habitada.

En el caso de que una vivienda habitada, arrendada o vendida no tenga esta cédula sería un arrendamiento o compraventa ilegal, ya que este documento administrativo certifica la legalidad de la vivienda.

Sin este documento ninguna empresa suministradora de servicios esenciales (luz, agua, gas) contratará con el propietario de la misma ya que constituiría un acto ilegal.

Lo que contiene esta cédula de habitabilidad es la dirección exacta de la vivienda, las dimensiones de la misma, su superficie útil, estancias, distribución y la firma del técnico cualificado que otorga esta cédula.

Tipos de cédulas de habitabilidad

Existen diversos tipos de cédulas de habitabilidad:

  • Primera ocupación: Estos son los edificios que constituyen una nueva construcción. Suelen ser las más exigentes.
  • Segunda ocupación: Este certificado administrativo es el que se otorga a las viviendas antiguas, que no son de nueva construcción.
  • Rehabilitación: Hace referencia al certificado de una vivienda que no es de nueva construcción. Esta vivienda ha sido completamente rehabilitada y por ello es necesario obtener una nueva certificación, ya que se ha modificado de manera sustancial su configuración.

Finalidad de la cédula

Esta certificación administrativa se utiliza con la finalidad de que una vivienda cumpla con las condiciones mínimas para vivir.

La cédula es necesaria para los procesos de compraventa o alquiler y, por supuesto, para poder dar de alta los servicios esenciales (agua, luz o gas).

Este certificado a pesar de ser un trámite burocrático no se obtiene directamente por un funcionario público.

Antes de ir a la administración pública –→ primero hay que acudir a un arquitecto.

La certificación de un arquitecto o aparejador que verdaderamente pueda aportar una visión técnica de las condiciones de la vivienda. Una vez que ya se tenga ese visto bueno, se acudirá al ente público para que revisen ese estudio y concedan o no la cédula de habitabilidad.