Basilea I

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Basilea I es el primero de los acuerdos emitido por el Comité de Basilea I y fue publicado en 1988.

Se basó en diversas recomendaciones o sugerencias con el objetivo de fijar un límite a la emisión de créditos que una entidad concede en función del capital que tiene.

Recomendaciones de Basilea I

Se estableció que el capital mínimo debía ser, al menos, un 8% de los activos ponderados por su riesgo (crédito, mercado y tipo de cambio sumados).

La recomendación bancaria más importante realizada fue la de limitar el apalancamiento o el efecto multiplicativo de la inversión de las entidades financieras en 12,5 veces el valor de los recursos propios en sus hojas de balance.

Este límite era importante en aquel momento, ya que las entidades financieras han estado históricamente muy apalancadas, captando fondos de la gente y concediendo créditos sin tener en cuenta parámetros de riesgo en caso de insolvencia de una persona o una empresa.

Se estableció la definición de capital regulatorio dividido en dos categorías llamadas Tier I y Tier II, en función de sí cumplían ciertos requisitos en cuanto a la capacidad de absorber pérdidas, así como su permanencia y protección ante una quiebra.

El principal elemento a tener en cuenta era el riesgo de crédito, se calculaba juntando las exposiciones de riesgo en 5 divisiones diferentes y asignándolas un porcentaje de riesgo a cada una de ellas, por ejemplo un 0%, 10%, 20%, etc. La suma de cada uno de los activos ponderados, daba como resultado los activos de riesgo.

Este acuerdo supuso en hito muy importante para la robustez de los sistemas bancarios entrando, en vigor en más de 120 países, pero aún contenía algunas deficiencias en cuanto a su formulación, es por ello que en 2004 se propuso Basilea II.