Definición de reconvención

Reconvención es el proceso y el resultado de reconvenir. Este verbo refiere a castigar a una persona por algo que ha realizado o expresado. En el ámbito judicial, reconvenir es la acción que un demandado lleva adelante para responder a aquel que impulsó un proceso en su contra.

La reconvención, por lo tanto, es aquello que se lleva a cabo para reconvenir. Se trata de una demanda que promueve aquel que, en una instancia previa, fue demandado y que ahora actúa contra el sujeto que lo desea enjuiciar. Esta nueva demanda forma parte del mismo proceso.

Quien impulsa la reconvención no sólo esgrime su inocencia y solicita ser absuelto, sino que además realiza sus propias peticiones ante los jueces. De este modo, las partes involucradas en el litigio se demandan de manera mutua: el demandado originalmente se vuelve también demandante y viceversa.

El alcance de la reconvención depende de cada legislación. Lo habitual es que se utilice para impedir que se multipliquen los juicios (ya que supone una instancia del mismo proceso) y para que no se dicten sentencias que resulten contradictorias ante pretensiones que están vinculadas.

La reconvención se promueve en el mismo momento en que se responde por escrito a una demanda. El mismo tribunal a cargo de juzgar la primera demanda, por otra parte, debe contar con competencia sobre la reconvención.

Es importante tener en cuenta que los efectos de la reconvención son independientes de la demanda original, en el sentido de que la reconvención no está directamente vinculada a la eventual desestimación de esa primera demanda. El tribunal, en definitiva, debe resolver las dos demandas (la original y la reconvención).

Con respecto al procedimiento necesario para demandar una reconvención, el actor (la persona contra la cual se demanda) tiene quince días para presentar una respuesta. Durante los primeros diez puede presentar excepciones y su contestación no puede exceder los límites de los aspectos tratados en la reconvención.

Requisitos para que tenga lugar una reconvención

A continuación se exponen algunos de los puntos fundamentales para que pueda ponerse en práctica la reconvención:

* En primer lugar, el escrito de demanda (también conocido con el nombre de demanda de juicio) debe reunir una serie de factores considerados esenciales para su validez, relacionados con lo que se demanda, la prueba documental, la exposición de los sucesos y la petición en sí;

* La reconvención debe estar deducida en la contestación de demanda (el acto procesal a través del cual el demandado tiene la oportunidad de alegar todas sus defensas y excepciones con relación a una demanda en particular), la cual resulta tan importante para el demandado como la demanda para quien la efectúa;

* Es necesario que el tribunal que se encuentra a cargo de la demanda principal sea competente o bien que se admita llevar a cabo la prórroga de competencia. Por su parte, el juez también debe tener competencia por razón de materia para cada pretensión, sin que se deba hacer una distinción entre las materias comercial y civil;

* Debe poder ventilarse la reconvención a través del mismo papeleo que la demanda principal;

* La reconvención debe fundarse en un interés directo de quien la efectúa en contra de la otra parte y derivar de la misma relación jurídica con la primera pretensión o bien estar conectada con ésta.

Por otro lado, es importante señalar que no es requisito que las pretensiones de la primera demanda sean ignoradas o anuladas; en otras palabras, el juez puede llegar a una decisión para cada una de las demandas, sin que ninguna de ellas provoque la exclusión de la otra.

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