Definición de recinto fiscal
Un recinto es un espacio comprendido entre ciertos límites. El término viene del latín re cinctus, que significa “rodeado” o “cercado”.
Fiscal, por otra parte, procede del vocablo latino fiscālis y refiere a lo perteneciente o relativo al fisco. Este término (fisco) hace mención al tesoro público y a los organismos estatales que se dedican a recaudar los impuestos y tributos.
La noción de recinto fiscal se utiliza en México para nombrar al lugar donde las autoridades de la aduana se dedican a almacenar, custodiar, cargar o descargar las mercancías del comercio exterior. El recinto fiscal, por lo tanto, corresponde a la función propia de la autoridad aduanera y a su lugar de ubicación.
Por ejemplo: “Sonora inaugura su primer recinto fiscal”, “El gobierno anunció la ampliación del recinto fiscal de Guadalajara”, “Delincuentes asaltaron una caseta de cobro del recinto fiscal”, “La policía informó que ha desactivado una importante red de corrupción en el recinto fiscal más grande del país”.
Además de todo lo expuesto, tendríamos que subrayar que cualquier recinto fiscal cuenta con otras importantes señas de identidad. En concreto, estas son las más importantes:
• Las mercancías procedentes del exterior que lleguen a dicho espacio podrán permanecer en él durante el tiempo máximo de dos años. No obstante, se eximen de cumplir esta norma cargas tales como maquinaria así como equipos de laboratorios, sistemas del ámbito de la administración, refacciones y moldes, aparatos de seguridad industrial o controles de calidad, productos la prueba de productos y también otros del sector de la telecomunicación.
• Asimismo todas mencionadas mercancías que se encuentren en ese recinto pueden salir de él para importarse de manera temporal, para exportarse de manera definitiva si proceden del país de aquel, para importarse definitivamente si emanan de una nación diferente o para regresar a su país de origen en determinadas circunstancias.
Es importante distinguir entre recinto fiscal y recinto fiscalizado. Este segundo concepto está vinculado a un lugar que las autoridades autorizan a los particulares para la recepción y el almacenamiento de mercancías en depósito ante la Aduana. El recinto fiscalizado puede encontrarse dentro de un recinto fiscal o en zonas aledañas.
Además no podemos pasar por alto el hecho de que existe lo que se da en llamar recinto fiscalizado estratégico que, como no podía ser de otra manera, se encuentra totalmente regulado por ley. En concreto, de él se establece que en él se podrá introducir mercancías nacionales o extranjeras durante tiempo limitado para que puedan ser objeto de manipulación, transformación, distribución, custodia, exhibición o venta.
De la misma forma, la normativa legal existente en estos momentos determina de manera muy clara que para poder enviar mercancías a ese recinto fiscalizado estratégico es necesario tramitar una previa solicitud a la Administración Tributaria pertinente
La custodia del recinto fiscal resulta imprescindible para evitar el ingreso de productos ilegales al país. Si las autoridades no controlan correctamente las mercancías que entran al territorio nacional, los contrabandistas pueden comercializar productos sin pagar impuestos ni patentes.