Definición de mar territorial

Se conoce como mar territorial a la franja oceánica que se encuentra pegada a la costa y se prolonga mar adentro hasta 12 millas marinas (unos 22,2 kilómetros). En dicho sector del océano, un cierto Estado puede realizar el ejercicio pleno de la soberanía.

De esta manera, un gobierno tiene las mismas facultades sobre el mar territorial que sobre su superficie terrestre o sobre sus aguas internas.

La cuestión jurídica del mar territorial, también conocido como aguas jurisdiccionales, se remonta al siglo XVII. El jurista holandés Hugo Grocio, basándose en el derecho romano, afirmó que los mares no podían apropiarse ya que, por sus características, no son susceptibles de ocupación como las tierras. Grocio, por lo tanto, propuso la denominada libertad de mares.

Más adelante, su compatriota Cornelius van Bynkershoek proclamó que el mar que se halla junto a la costa de una nación debía quedar enmarcado dentro de su soberanía. La prolongación de este sector marino fue fijado en 3 millas marinas, teniendo en cuenta el alcance de los disparos de cañón. Así, el mar territorial estaba vinculado a la facultad de cada país de controlar dichas aguas.

Recién en el siglo XX se fijó el mar territorial como la franja de doce millas marinas, ante la necesidad de los Estados de cuidar sus bienes pesqueros y de controlar la contaminación marítima.

En este sentido es importante que subrayemos que la delimitación del mar territorial se hace teniendo en cuenta dos líneas fundamentales. La primera de ellas es la que se conoce como línea de base normal y se define por ser aquella que sigue el trazado que presenta una costa en cuestión en marea baja.

La segunda es la que, por su parte, recibe el nombre de línea de base recta. Bajo dicha denominación se engloba lo que es el trazado de líneas rectas que unen lo que son los puntos de referencia determinados de la costa, en el caso de que la misma cuente con una serie de aberturas de carácter profundo.

A todo lo expuesto tenemos que añadir que estas dos mencionadas líneas son fundamentales así para diferenciar y establecer lo que es el mencionado mar territorial y lo que son las aguas interiores. Estas últimas son la que se encuentran delimitadas entre el territorio terrestre y el inicio de aquel citado mar, lo que supone que se consideren de este tipo tanto las bahías como los puertos o los estuarios.

Pero no sólo son las únicas clasificaciones o delimitaciones que se hacen en el mar. De esta manera, partiendo de un orden que iría desde la propia tierra hasta las aguas más lejanas de la misma, nos encontramos con las aguas interiores, el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva, la plataforma continental y finalmente alta mar.

Por último, sólo subrayar que en ese ámbito del mar territorial el Estado en cuestión tendrá potestad en materia de pesca, policial, aduanera y sanitaria.

Varios países, sin embargo, reclaman un mar territorial de más de doce millas náuticas, como Chile, El Salvador, Perú, Togo y Filipinas, entre otros. Dichos casos son presentados ante la ONU para que la comunidad internacional se encargue de atender la cuestión.

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