Definición de predio
Hasta el latín tenemos que marcharnos, simbólicamente hablando, para poder encontrar el origen etimológico del término predio que ahora nos ocupa. Y es que deriva de la palabra “praedium”, que se encuentra conformada por las siguientes partes:
• El prefijo “prae”, que puede traducirse como “antes”.
• El sustantivo “aedes”, que es sinónimo de “casa o templo”.
En el sentido más amplio, un predio es una pertenencia inmueble de una cierta extensión superficial. Puede decirse, por lo tanto, que los predios son tierras o terrenos delimitados.
Por ejemplo: “Las autoridades planean construir un hospital en el predio donde funcionaba el antiguo aeródromo”, “Juan compró un predio de 100 hectáreas en la Patagonia”, “Vamos a festejar nuestro casamiento en el predio que mis padres tienen en San Agustín”.
Por lo general, un predio (o finca) es una extensión de tierra. A lo largo de la historia, se ha asociado la posesión de tierra con la riqueza, por lo que contar con un predio de grandes dimensiones suele equivaler a ser rico. El valor del predio, de todas maneras, depende diversos factores, como su capacidad productiva (qué cantidad de dinero puede obtenerse al explotar comercialmente el terreno).
Los predios pueden delimitarse de distintas formas: con alambrados, cercos, etc. El elemento jurídico que fija los límites de un predio y que deja asentada su propiedad se conoce como escritura.
En tiempos pasados fundamentalmente, también dentro del Derecho, existían otros dos tipos de predios muy importantes. Así, por un lado, estaba el llamado predio dominante. Con ese término se llamaba a la tierra que contaba con una servidumbre.
Por otro lado, se empleaba el término predio sirviente. Este se refería a aquel terreno que tenía la particularidad de estar gravado con una servidumbre en favor de otras tierras o bien de otra persona.
No obstante, aunque era más en el pasado cuando se empleaban ambos términos, en la actualidad también se hallan presentes en las legislaciones pertinentes. De esta manera, en el caso de España, los dos se recogen en el Código Civil.
En la actualidad, es posible clasificar a los predios de distinta manera según su ubicación. Un predio urbano es aquel que se encuentra en un sitio poblado, mientras que un predio rústico está situado en las afueras y, por lo general, se destina a tareas rurales.
No hay que pasar por alto también que predio rústico es el nombre que se le otorga a aquella vivienda que se encuentra fuera de lo que sería la ciudad y que tiene como claro objetivo ejercer de hogar para una persona o familiar. Muchos son los hombres y mujeres que han optado por esa modalidad de casa y es que tienen claro que es una manera de gozar de una mejor calidad de vida, alejados del ruido y de la contaminación de las grandes urbes.
Los predios también pueden definirse o clasificarse de acuerdo a su uso. En este sentido, puede hablarse de predio deportivo (“El torneo se desarrollará en el predio deportivo del Club Primavera”), predio ferial (“La exposición tuvo lugar en el predio ferial del centro”) u otros tipos de predio.