Definición de minusvalía
El concepto de minusvalía alude a un grado de discapacidad mental o física que se produce por una lesión, ya sea adquirida o congénita. Esto quiere decir que la dificultad puede aparecer por algún trauma o enfermedad o estar presente desde el nacimiento.
Es importante tener en cuenta que minusvalía no es sinónimo de incapacidad. La idea de incapacidad se vincula al entorno laboral, asociándose a las capacidades necesarias para el desarrollo de una actividad profesional. Una minusvalía, en cambio, trasciende el ámbito del trabajo y afecta en la esfera social y personal.
Aunque existen diferencias según las definiciones legales, médicas y de otro tipo, puede decirse que una minusvalía implica una disminución en las posibilidades de integración social, laboral o educativa a partir de una deficiencia permanente. Una persona minusválida, por lo tanto, se encuentra con dificultades para el ejercicio de determinadas acciones.
La minusvalía, en definitiva, deja al individuo en una situación de desventaja ya que el desempeño que se considera normal de acuerdo a su edad y a factores educativos y sociales se encuentra afectado. Muchas veces esa desventaja se ve acentuada por las características del entorno; por el contrario, un ambiente accesible contribuye a minimizar la desigualdad y favorece la plena integración.
El tema de la accesibilidad en cualquier ámbito de una ciudad es sin lugar a dudas fundamental para permitirles a todas las personas el acceso a un edificio, el cruce de las calles y cualquier otra actividad típica de la vía pública. Lamentablemente, esto no siempre es así para quienes presentan alguna minusvalía, discapacidad o deficiencia, y es entonces que la discriminación se vuelve imposible de ignorar.
La accesibilidad se puede clasificar en cuatro tipos principales, dependiendo del entorno específico en el que se implemente; de este modo, podemos hablar de accesibilidad:
* urbanística: en referencia al medio físico o urbano;
* arquitectónica: cuando se relaciona con los edificios, tanto los públicos como los privados;
* en el transporte: para los autobuses, trenes, tranvías y subterráneos, entre otros medios de transporte públicos;
* en la comunicación: el acceso a la información, tanto colectiva como individual.
Es importante señalar que los elementos que facilitan la accesibilidad en un edificio privado pueden ser instalados simplemente por el deseo de volver más cómodo su uso, es decir, sin necesidad de que sus propietarios sufran algún tipo de minusvalía. Por otro lado, para poder exigirle al dueño de un inmueble o a las autoridades gubernamentales que realicen cambios de este tipo sí es necesario declarar una minusvalía igual o mayor al 33 por ciento.
Para conseguir el reconocimiento de minusvalía del 33 por ciento se necesita un certificado de carácter oficial que le otorga a la persona el derecho a una serie de compensaciones por las desventajas sociales que debe sufrir en su día a día. Existe un procedimiento específico que garantiza la detección de falsos casos de discapacidad; son muchas las personas que intentan aprovecharse del sistema para conseguir prestaciones fingiendo tener problemas de salud.
Los beneficios que reciben las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento incluyen asistencia sanitaria y farmacéutica, rehabilitación, compensación de los gastos de transporte público, bonificaciones en el pago de ciertos impuestos, exenciones o reducciones en tasas para obras relacionadas con la accesibilidad, becas de programas de educación especial y ayudas para el empleo autónomo.
En algunos casos la minusvalía es física (ya sea fisiológica o motora), mientras que en otros es psíquica (dificultad de aprendizaje, deficiencia intelectual). También hay minusvalías sensoriales.
La paraplejia, la escoliosis, la discapacidad cognitiva y la hipoacusia son algunos los cuadros que generan una minusvalía. Los modos de tratar cada caso dependen del individuo en particular.