Definición de contravención

Se llama contravención al acto y el resultado de contravenir: actuar en contra de lo establecido o de lo obligatorio. En el terreno del derecho, una contravención es una conducta antijurídica que se encuentra penada por la ley.

Cuando una persona comete una contravención, su conducta pone en riesgo un bien jurídico. Se trata de una falta de poca gravedad que, por dicho motivo, no se encuentra tipificada como delito, aunque de todos modos es motivo de castigo.

Por este mismo motivo, las penas que se aplican a los responsables de las contravenciones son menores que aquellas aplicadas a quienes cometen delitos. Es habitual que se trate de un castigo pecuniario (como una multa) o de la privación de algún derecho, pero no un castigo que prive de la libertad al infractor.

Las características de la contravención pueden variar de acuerdo a la legislación. Cruzar un semáforo en rojo, por ejemplo, es una acción que suele ser considerada como contravención. Quien incurre en esta práctica es multado. También puede ser una contravención circular en motocicleta sin casco o conducir un automóvil sin utilizar el cinturón de seguridad.

Es importante señalar que la multa no es una cantidad dinero que se disuelve, por así decirlo, una vez que llega a manos de las autoridades; por el contrario, se debe destinar a programas de promoción social, de educación o de salud, entre otras iniciativas que aboguen por el desarrollo de la comunidad.

Veamos algunas de las penas que las autoridades aplican a quienes incurren en una contravención, más allá de las multas:

* apercibimiento: se trata de un llamado de atención que el juez lleva a cabo en privado al contraventor;

* caución de no ofender: quien comete la falta debe depositar en el banco un monto de dinero establecido según el caso, el cual permanece en una cuenta del Gobierno durante un lapso determinado a modo de «garantía» de que no volverá a violar la ley. Pasado este periodo de tiempo, que no suele superar los seis meses, el dinero vuelve a su dueño, a menos que haya cometido otra contravención;

* reparación: se basa en los mismos criterios que se aplican a la multa, y consiste en el pago que el contraventor realiza a la persona afectada para compensarla por el perjuicio al que la ha sometido;

* prohibición de concurrencia: la persona que ha cometido la contravención ya no puede acercarse al lugar en el que cometió la falta, entre otros que determina el juez.

En la Ciudad de Buenos Aires (Argentina), por citar una localidad en concreto, el acoso callejero es considerado una contravención y sus responsables pueden ser multados o condenados a realizar trabajo comunitario. Se entiende por acoso callejero a realizar comentarios de índole sexual o gestos obscenos en la vía pública o en sitios privados de acceso público; al exhibicionismo; al contacto físico no consentido o indebido; y a registrar fotos y videos de una persona sin su consentimiento, siempre que todas estas conductas no constituyan un delito.

Ante la denuncia de una presunta contravención, el personal policial debe comprobar o constatar su existencia, luego de lo cual debe proceder a labrar el acta pertinente y consignar todos los detalles de la diligencia, como ser las pruebas y la información personal de los participantes, con sus correspondientes firmas.

El acta que realizan los agentes de policía se remite al organismo que se encargue de tratar las contravenciones, y una vez en sus instalaciones pasa a ser caratulada para dar comienzo al expediente que luego investigará el fiscal asignado, de acuerdo con la comisaría que haya intervenido. Así tiene lugar el origen de un proceso contravencional.

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