Definición de base imponible
Un vocablo griego que llegó al latín como basis derivó, en nuestra lengua, en el concepto de base. Aunque tiene varios usos, en este caso nos interesa quedarnos con su acepción como el fundamento o el cimiento de algo.
Imponible, por su parte, es un adjetivo que proviene del verbo imponer. El término califica a aquello que puede gravarse con algún tipo de tributo o de impuesto.
Con estas ideas en claro, se puede avanzar en la definición de base imponible. La expresión se utiliza en el terreno de la economía para aludir a la cantidad que expresa una cierta capacidad económica, sobre la cual se establece el pago de obligaciones tributarias.
Puede decirse que la base imponible es una magnitud derivada del acto de medir un hecho imponible. Esta última noción (hecho imponible) se emplea respecto a la circunstancia o el suceso que genera una obligación legal de tributar.
El hecho imponible, en definitiva, es aquello que origina una obligación tributaria: es decir, la obligación de pagar un tributo o impuesto. La capacidad económica de las personas se manifiesta a través de estos hechos imponibles, pero necesita ser valorada (puesta en cifras) de algún modo para que pueda aplicarse un impuesto. La base imponible es esta valoración o magnitud que se emplea en el impuesto para la medición de la capacidad económica del individuo.
Tomemos el caso de los impuestos sobre el patrimonio. Estos impuestos se aplican sobre el patrimonio de una persona física, calculado a partir del valor de sus bienes. La base imponible es la suma del valor monetario de estos bienes que constituyen el patrimonio del sujeto.
Métodos de estimación de la base imponible
En primer lugar tenemos la estimación directa, un método general que sirve para determinar la base imponible de la mayoría de los tributos en muchos sistemas impositivos. Por lo general, lo aplica el contribuyente mismo cuando presenta sus autoliquidaciones.
Una de las características de este procedimiento es que entre la base imponible y su correspondiente mediación existe una correspondencia real, o sea que se trata de un régimen que busca acercar los resultados al verdadero valor de los elementos que se calculan, además de tomar en cuenta con la misma importancia los datos consignados en los libros y las declaraciones del obligado tributario.
Por otro lado se encuentra la estimación objetiva, un método de tipo voluntario que conlleva la renuncia por parte de la Administración y del obligado tributario a medir de forma real y directa el elemento objetivo; en su lugar, aplican datos e índices de los cuales surge una cantidad que representa la base imponible media.
Este método de estimación de la base imponible está dedicado a la pequeña y mediana empresa. La medición de la capacidad económica tiene menos relación con la realidad, ya que los cálculos se apoyan en módulos, signos y coeficientes generales que fija la Administración de forma anual.
Finalmente tenemos la estimación indirecta, una forma excepcional de cuantificar la base imponible, por medio de la cual la Administración tiene la facultad de determinar este dato cuando no tiene la información necesaria para efectuar todos los cálculos de manera precisa.
Para poder recurrir a la estimación indirecta, es necesario que tengan lugar ciertas condiciones, como ser que la persona no presente sus declaraciones, que lo haga de forma inexacta o incompleta, que se resista a la inspección, que obstruya su desarrollo, o bien que no cumpla con sus obligaciones de registro y contabilidad. Los medios usados para determinar la base imponible en este caso son de tipo indiciario, es decir que derivan de ciertos indicios y no de datos bien definidos.