Definición de aviso

Del latín ad visum, un aviso es una advertencia que se comunica a alguien. Puede tratarse de una señal, un consejo o un llamado de atención.

Por ejemplo: “El camino presenta mucha nieve: esté atento a los avisos de las autoridades”, “Recibí un aviso de la compañía telefónica indicando posibles cortes en el servicio”, “Voy a poner un aviso en la cartelera para que nadie use el ascensor que no funciona”.

Un aviso puede ser dado a conocer por vía oral.

Características de un aviso

El aviso intenta advertir o comunicar una novedad, ya sea por vía oral o escrita. En este segundo caso, puede manifestarse en forma de cartel o señal. Las tiendas suelen pegar avisos en sus puertas o vidrieras con todo tipo de información dirigida a la captación de nuevos clientes, pero también para comunicar diversas cuestiones a los asiduos (“Cerrado por vacaciones”, “Vuelvo en cinco minutos”, “10% de descuento en todos los productos”, “Mañana abrimos en horario reducido”, etc.).

Resulta evidente que los avisos tienen diferentes funciones. Existen algunos que advierten sobre un peligro potencial (“A 100 metros, curva pronunciada”), otros que difunden ciertas normas o prohibiciones (“Prohibido fumar”) y algunos que se limitan a exponer un mensaje de distintas características (“Sonría, lo estamos filmando”).

Los carteles o letreros pueden incluir avisos.

Desahucio

Se conoce con el nombre de desahucio al aviso de finalización de algunos tipos de contrato, como ser el de alquiler (o arrendamiento) y el de trabajo, aunque popularmente se suele asociar al primer caso. En este contexto, se habla de aviso de desahucio o de desalojo y se recurre al mismo cuando se desea privar a una persona del uso de un inmueble del cual fuera inquilino.

Entre las razones que por lo general conducen a un desahucio se encuentran:

* el incumplimiento de los pagos o una demora considerable en los mismos;
* el quebrantamiento de alguno de los puntos del contrato y la negación a enmendar el error, como ocurre cuando se subalquila una vivienda, o cuando se supera el número máximo de habitantes que permite el propietario;
* el deterioro voluntario de cualquier parte del inmueble;
* las molestias ocasionadas a sus vecinos o al resto de los inquilinos, incluso después de haber recibido una advertencia al respecto;
* la realización de actividades ilegales en el inmueble.

El desalojo tras el aviso

Para efectuar el desalojo de un inquilino es necesario seguir una serie de pasos, según indique la legislatura vigente en cada país. Esto debe cumplirse tanto para acuerdos escritos como de palabra. El procedimiento comienza cuando el propietario hace llegar al inquilino un aviso formal en papel. De aquí se desprenden dos posibilidades:

* que se trate de una petición para resolver el problema que condujo a la emisión del aviso, como ser una deuda que pueda ser saldada en un plazo determinado. En este caso, el dueño solo puede proceder con el desalojo si la otra parte se niega a dar solución al conflicto;
* que no se contemple la posibilidad de continuar con la relación contractual, o sea, que se establezca una fecha límite para dejar el inmueble.

Cabe mencionar, por último, que la Ley no avala los desalojos por cuenta de los propietarios: es absolutamente necesario contar con una orden judicial. Del mismo modo, no está permitido hacerse con sus pertenencias, impedirle el ingreso o el egreso del inmueble, cortar la provisión de los servicios, quitar las puertas o las ventanas.

Anuncios publicitarios

Otro uso del concepto de aviso aparece en la publicidad. En este contexto son también llamados anuncios.

Se trata de aquellos mensajes publicitarios que se difunden a través de los medios de comunicación o en la vida pública: “El nuevo aviso televisivo de la marca deportiva cuenta con la participación de grandes tenistas de toda la historia”, “La empresa retiró su anuncio de la revista en disconformidad con su política editorial”.

Definición siguiente →