Tipos de IVA

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Los tipos de IVA son los tipos en los que se puede presentar el impuesto al valor agregado (IVA). Este es un impuesto indirecto sobre el consumo, que grava las entregas de bienes y las prestaciones de servicios. Sin embargo, dependiendo del bien y servicio ofrecido, la cuantía destinada al pago de este impuesto puede sufrir variaciones.

Los tipos de IVA, por tanto, son las distintas cuantías en las que, dependiendo del bien o del servicio prestado, puede presentarse el IVA.

De esta forma, los tipos de IVA pueden clasificarse de la siguiente forma:

  • IVA General.
  • IVA Reducido.
  • IVA Superreducido.
  • Actividades exentas de IVA.

Las cuantías aplicadas a cada tipo son las siguientes:

  • IVA General – 21%.
  • IVA Reducido – 10%.
  • IVA Superreducido – 4%.
  • Actividades exentas de IVA – 0%. 

Tipos de IVA

Por tanto, a continuación exponemos los distintos tipos de IVA que existen en España:

IVA General

Es el tipo de IVA aplicado, por defecto, a la mayoría de productos y servicios ofrecidos. 

En este sentido, cualquier tipo de bien, entre los que podemos mencionar el tabaco, una mochila, un ordenador, etc. Así como servicios entre los que podemos destacar la reparación de vehículos, fontanería, electricista, etc. 

Este supone el 21% de la cuantía pagada, y se aplica a todos los productos y servicios que no puedan ser incluidos en el IVA reducido o superreducido.

IVA Reducido

El IVA reducido es un tipo de IVA que se aplica a una serie de productos que se encuentran dentro de lo considerado como bienes de primera necesidad. Este se aplica para productos de farmacia, productos de alimentación, agua, así como bienes de uso agrícola, por ejemplo. Por otro lado, entre los servicios, las obras de rehabilitación de una vivienda, así como los servicios deportivos o la asistencia social, son servicios que se encuentran sujetos al IVA reducido.

Este supone el 10% de la cuantía pagada, aplicándose a todos aquellos productos que así se encuentren tipificados por la ley. 

IVA Superreducido

El IVA superreducido es aplicado a bienes y servicios que son considerados, ante la ley, como bienes de primera necesidad. 

Esto es: 

  • Alimentos básicos de la cesta de la compra.
  • Medicamentos y tratamiento médico.
  • Protesis, implantes, vehículos adaptados para personas con movilidad reducida, etc.
  • Libros y prensa.

Este IVA supone el 4% de la cuantía pagada, y queda recogido en la ley qué productos pueden acogerse a este tipo especial.

Actividades exentas de IVA

Hace referencia a todos aquellos servicios o bienes que, estando dentro del ámbito de aplicación del IVA, no presentan cargo alguno por su adquisición o contratación. 

En este sentido, algunos ejemplos podrían ser: 

  • Operaciones médicas: No incluyendo entre estas, por ejemplo, la cirugía estética.
  • Actividades de carácter social: Toda actividad que, siendo sin ánimo de lucro, esté relacionada con el mundo de la cultura.
  • Actividades educativas: Actividades en escuelas, tanto públicas como privadas, que estén relacionadas esta.
  • Actividades inmobiliarias: Entrega de terrenos para uso público.
  • Operaciones financieras: Actividades relacionadas con la banca, la financiación, así como los seguros y reaseguros.