Subvención

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La subvención es una aportación de tipo económico percibida por una persona o grupo de personas desde un organismo público, la cual no debe reembolsarse. Su objetivo es ayudar a llevar a cabo una actividad que necesita una inversión alta o a la que la persona en cuestión no podría hacer frente en solitario.

Las subvenciones son un mecanismo que permite al Estado intervenir en la actividad económica ya que, dependiendo de las ayudas que decida otorgar, puede potenciar determinadas operaciones en detrimento de otras.

Cabe precisar que, para obtener una subvención, ésta ha de realizarse a través de una solicitud determinada.

Por su carácter, una subvención puede ser reintegrable (que se puede restituir) o no reintegrable. Asimismo, por su naturaleza, puede ser dineraria o no. Además, se debe distinguir entre las finalidades de una subvención:

  • Cuando se concede para asegurar una rentabilidad mínima o compensar déficits de explotación.
  • Si se concede para financiar gastos específicos.
  • Cuando se concede para adquirir activos (tanto intangibles como financieros) o para cancelar pasivos (condonación de deudas).

Objetivos de una subvención

Los objetivos de una subvención son principalmente los siguientes:

  • Facilitar la apertura de nuevos negocios.
  • Ayudar a que las empresas no quiebren.
  • Animar económicamente a un sector estancado.
  • Promover la competitividad de los productos en el mercado.
  • Mantener una economía estable.
  • Controlar la inflación.
  • Impedir el aumento del paro por el cierre de industrias.

Subvenciones procedentes de la Unión Europea

La Unión Europea (UE) dispone de cuatro Fondos Estructurales y de un Fondo de Cohesión con los que canaliza su ayuda financiera a los estados miembros para la resolución de obstáculos de naturaleza económica y social. Estos Fondos Estructurales son, en concreto:

  • El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
  • El Fondo Social Europeo (FSE).
  • La sección de Orientación del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA).
  • El Instrumento Financiero de Orientación Pesquera (IFOP).

En el caso de los Fondos Estructurales, se marcan como meta prioritaria conseguir un mayor equilibrio entre los niveles de desarrollo de las distintas regiones y territorios que componen la UE, por lo que su aplicación se inscribe en el ámbito de la política regional.

Mientras, el Fondo de Cohesión intenta favorecer el crecimiento económico de los estados miembros de la Unión con un menor nivel de desarrollo, garantizando que dicho crecimiento sea compatible con el mantenimiento de sus equilibrios macroeconómicos y presupuestarios.

En España, la coordinación de la aplicación de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión recae en el Ministerio de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Fondos Comunitarios de la Secretaría General de Presupuestos y Gastos. Esta Dirección General tiene atribuidas, entre otras, las siguientes competencias:

1. La negociación con la Comisión Europea de los asuntos relacionados tanto con los Fondos Estructurales como con el Fondo de Cohesión.

2. La coordinación de las administraciones territoriales en lo relativo a la programación, seguimiento y evaluación de los Fondos Estructurales comunitarios y del Fondo de Cohesión.

3. La elaboración de estudios y coordinación de evaluaciones de programas financiados con Fondos Estructurales europeos. De igual modo, el análisis, selección y seguimiento de los proyectos que deben ser financiados con cargo a los recursos del Fondo de Cohesión, del Fondo de Compensación Interterritorial y del Fondo de Teruel y del Espacio Económico Europeo.