Pensión no contributiva

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La pensión no contributiva es una prestación económica que pretende compensar la situación de una persona por falta de ingresos para su subsistencia.

Esta prestación se reconoce a las personas que tienen una situación de necesidad en la que carezca de los recursos suficientes para su propia subsistencia, sin tener que cumplir con los requisitos de cotización que habría que cumplir para tener una prestación contributiva.

En España se ha definido por ley cuando se considera que no existen recursos suficientes y, por tanto, se tendría derecho a la pensión no contributiva. Esta cantidad se actualiza cada año.

Tipos de pensión

Existen dos grandes tipos de pensión no contributiva:

Invalidez: Esta prestación se otorga a una persona que tiene una invalidez y no puede ir a trabajar. Tiene que cumplir ciertos requisitos:

  • Tener entre 18 y 65 años.
  • Residir en territorio español.
  • Tener una minusvalía o enfermedad crónica igual o superior al 65%.
  • Carecer de rentas suficientes (cantidad estipulada por ley).
  • Tener reconocida una incapacidad permanente.

Jubilación: Esta prestación se otorga a una persona que ha llegado a la edad de jubilación estipulada en España (65 años) y no ha cumplido con los requisitos establecidos para recibir la prestación contributiva de jubilación.

¿Quién se encarga de la gestión de la pensión no contributiva?

En España la competencia es del Estado, pero su gestión de estas pensiones no contributivas está atribuida a los órganos competentes de cada comunidad autónoma.

Incompatibilidades

Existen ciertas incompatibilidades que no permiten disfrutar de la pensión no contributiva:

  • Las pensiones de jubilación y de invalidez no contributivas son incompatibles con las pensiones asistenciales y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de una tercera persona.
  • La pensión de invalidez no contributiva no es compatible con el salario recibido por trabajo hasta un límite establecido por ley. Es decir, si el salario es menor al límite establecido por el Estado, se podrá recibir a la vez que ese salario la prestación no contributiva por invalidez.