Movilidad funcional

4 min

La movilidad funcional es la capacidad mediante la cual, la empresa asigna al trabajador funciones diferentes a las acordadas al momento de su contratación.

Este tipo de movilidad implica que el empleado desempeñará tareas a las que no está acostumbrado. Puede tratarse de funciones que realizan sus pares, sus superiores, o, incluso, personal de menor rango (sobre esto ampliaremos más adelante).

La movilidad funcional es una figura contemplada en la ley y debe seguir lo indicado en el Estatuto de los Trabajadores.

Cabe precisar, además, que en este artículo nos referiremos a la normativa española. Pues puede ser que en otros países las reglas sean distintas o no esté desarrollada en la ley la figura de la movilidad funcional.

Características de la movilidad funcional

Entre las características de la movilidad funcional, destacan las siguientes:

  • Se trata de una decisión unilateral de la empresa, no de un acuerdo entre dos partes.
  • Es una medida temporal. Caso contrario, se trataría de una situación que exigiría un cambio en la condición contractual del empleado.
  • Debe respetar la dignidad del trabajador. Este es un concepto subjetivo, y está relacionado con la percepción del propio empleado y la repercusión que podría tener la movilidad funcional en sus relaciones sociales.
  • Debe ser una medida sustentada en razones estructurales o técnicas. Es decir, la decisión de la empresa debe responder, por ejemplo, a una reestructuración de la organización.
  • Se debe comunicar sobre la medida al sindicato o a la asociación de trabajadores.
  • Un trabajador al cual se le aplicó la movilidad funcional no puede ser despedido bajo el argumento de que no se ha adaptado a sus nuevas funciones, pues se trata de tareas que no ha venido desarrollando habitualmente.

Tipos de movilidad funcional

Los tipos de movilidad funcional pueden ser básicamente dos:

  • Horizontal u ordinaria: El empleado continúa realizando funciones correspondientes a su grupo profesional. La movilidad se decidió en función de la preparación de la persona. En este punto, debemos precisar que un grupo profesional se define, según el Estatuto de los Trabajadores, de la siguiente manera: “Se entenderá por grupo profesional el que agrupe unitariamente las aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, y podrá incluir distintas tareas, funciones, especialidades profesionales o responsabilidades asignadas al trabajador”.
  • Vertical o extraordinaria: Cuando al trabajador se le asignan funciones que corresponden a un grupo profesional superior o inferior. Esto, siempre que existan motivaciones técnicas que respalden dicha decisión. Por ejemplo, una reorganización de la firma ante una crisis. A su vez, este puede subclasificarse en los siguientes dos subtipos:
    • Ascendente: Cuando se encargan funciones de un grupo profesional superior. La medida no puede superar los seis meses en un año, o los ocho meses en un periodo de referencia de dos años. De superarse ese plazo, el trabajador podría solicitar un ascenso, lo que representaría un cambio en las condiciones laborales y ya no entraría en el concepto de movilidad funcional.
    • Descendente: Cuando el empleado debe realizar funciones de un grupo profesional inferior. Es una medida de carácter excepcional y temporal, aunque no está definido un límite de tiempo.

Se debe tomar en cuenta, además, que el salario del trabajador solo podría verse afectado en el caso de la movilidad vertical ascendente. Así, debería recibir la retribución correspondiente que debería recibir al estar en un grupo profesional superior.

Sin embargo, si se diera una movilidad funcional descendente, el empleado no podría ver reducida su remuneración.

Ejemplos de movilidad funcional

Algunos ejemplos de movilidad funcional podrían ser los siguientes:

  • Alberto forma parte del área de recursos humanos de una empresa. Su principal función es encargarse de la evaluación del rendimiento del personal. Sin embargo, de forma excepcional, y debido a que la persona encargada está de descanso por temas de salud, le han pedido llamar a un grupo de nuevos trabajadores para hacerles firmar su contrato de trabajo y darles algunas indicaciones iniciales como parte de su ingreso a la organización. Este sería el caso de una movilidad funcional horizontal u ordinaria.
  • Fabiana es una de las redactoras de la sección de finanzas de un periódico local. Debido a que en la presente semana su jefe está de vacaciones, se la ha encargado a ella la revisión (o edición) de los artículos de la sección y la organización de los temas que se encargarán a los redactores. Este sería un ejemplo de movilidad funcional vertical ascendente.