Gastos de custodia

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Los gastos de custodia, o comisión de custodia, son aquellos gastos que se generan por el mantenimiento de ciertos activos financieros en los mercados de valores o financieros, como por ejemplo acciones de empresas o letras del tesoro del Estado.

Cuando por ejemplo, queremos adquirir una cartera de acciones no podemos hacerlo directamente: necesitamos que un intermediario adquiera esa cartera a nuestro nombre. Normalmente estos intermediarios suelen ser entidades financieras. Y estas entidades cobran una comisión por mantener y administrar dicha cartera de acciones. Esta comisión es la denominada como comisión de custodia.

Cuantía de los gastos de custodia

Estos se establecen en tanto por ciento con respecto al total de la inversión. Es decir, cuanto mayor será la inversión en acciones o en letras del tesoro mayores serán las comisiones de custodia. No existe una cantidad establecida para dichos gastos: cada entidad financiera puede cobrar una comisión distinta en función del tipo de producto o de otras circunstancias que considere oportunas. Lo que sí que suele ser habitual es establecer una comisión mínima (ver ejemplo del final).

¿Cada cuánto se cobran los gastos de custodia?

Habitualmente se cobran mensualmente, trimestralmente o anualmente, aunque se puede aplicar cualquier otro tipo de periodicidad.  Los gastos se empiezan a devengar desde el día en el que se firma el contrato de custodia y administración de valores, es decir, desde el día en el que se adquieren las acciones. Si se adquieren las acciones el 1 de febrero y los gastos se cobran mensualmente, el primer pago será el 1 de marzo.

Ejemplo de gastos de custodia

Imaginemos una adquisición de acciones valoradas en 1000 euros, con unos gastos de custodia (en adelante GC) del 1.5 % y una comisión mínima de 10 €.

Calculamos el 1.5% de 1000 €, que son 15 €. Como es mayor que la comisión mínima (que son 10 €), los 15 € serán los GC.

Si en el ejemplo anterior la comisión mínima fuera de 20 €, estos 20 € serían los GC, ya que es lo mínimo que se tiene que pagar, aunque el 1.5% de 1000 € sea 15 €.