Disposición

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Una disposición es la palabra utilizada en el ámbito jurídico para referirse a una norma en concreto.

Las disposiciones jurídicas no hacen referencia únicamente a una ley completa, a una constitución o a un artículo determinado, sino a una norma. Y esto, ¿qué significa?

Significa que se puede entender como disposición normativa un solo artículo del código penal, por ejemplo «el que matare a otro será reo de homicidio» y a su vez se puede considerar disposición la ley que regula los residuos urbanos.

¿Qué diferencia existe entre norma y disposición?

Aunque habitualmente la norma y la disposición son sinónimos hay una pequeña diferencia a tener en cuenta.

Un enunciado es una disposición cuando está dentro de una norma. Es decir, crear y publicar normas lleva un procedimiento específico y el fin de este es precisamente generar una norma, no generar una disposición.

Cuando esa norma ha sido creada y publicada, se puede hablar ya de una disposición. Se puede decir que se considera disposición normativa una vez ya tenemos una norma jurídica creada y publicada de acuerdo al procedimiento determinado para ello.

A su vez, otra diferencia que se puede resaltar es que la disposición en sí misma se refiere al simple enunciado y la norma se refiere a la obligación que contiene esa disposición, ese enunciado.

Como resumen general de la diferencia es que se puede entender la disposición como el enunciado de un texto normativo, que una vez interpretado por los ciudadanos y operadores jurídicos contiene normativa.

No obstante, suelen ser y su utilización habitual es sinónima. 

Tipos de disposición

La clasificación puede ser administrativas, adicional, transitoria, derogatoria:

Disposición administrativa

Las disposiciones administrativas suelen ser de carácter general, esto significa que son normas dictadas por la autoridad administrativa de obligado cumplimiento pero con un valor por debajo de la ley. 

Estas disposiciones son conocidas como reglamentos, que es el instrumento normativo más utilizado por el derecho administrativo.

Tipos de disposición administrativa

Estas varían según:

  • Según el territorio al que afecten: estatales, locales, provinciales, etc.
  • Según la autoridad que las dicte: ministeriales, ordenanzas.
  • Dependiendo de su relación con la ley: Pueden desarrollar una ley de bases o pueden establecer nueva normativa.

Disposición adicional

Este tipo de disposición se utiliza en las leyes cuando no se incluye dentro del artículo y se inserta al final del texto legal.

Suelen ser regímenes especiales, excepciones o modificaciones a la norma.

Disposición transitoria

Igual que la anterior disposición se incluyen al final del texto legal y no se inserta en ningún artículo de la ley. Sirven para introducir una nueva normativa.

Normalmente mantienen la vigencia de artículos determinados un tiempo concreto o hasta que se publique una norma determinada. Suelen declarar la vigencia de artículos o normas específicas durante un periodo de tiempo pero siempre interpretando éstas con carácter restrictivo.

Suelen explicar lo que sucede entre la publicación del texto legal y su entrada en vigor, lo que es conocido como «vacatio legis».

Disposición derogatoria

Se insertan al final del texto legal al igual que las anteriores y sirven para aclarar que enunciados normativos están derogados y la fecha a partir de la cual pierden vigencia.