Derecho comunitario

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El derecho comunitario, también conocido como el derecho de la Unión Europea, es el conjunto de reglamentos y directivas que componen el ordenamiento jurídico de los países que conforman la Unión Europea.

Los países que conforman la Unión Europea se conocen como Estados miembros y son 27 entre los que se encuentran Alemania, Italia o España. Este derecho comunitario tiene sus propias fuentes.

El derecho comunitario comienza a nacer con la unión de la industria del carbón y del acero mediante el Tratado de París en 1951 entre seis países europeos y así siguió esta unión de países europeos reforzándose con el Tratado de Roma de 1957 hasta llegar al completo ordenamiento comunitario actual.

Fuentes del derecho comunitario

Hay que dividir las fuentes entre el derecho primario y el derecho derivado. El derecho primario hace referencia al derecho originario de este ordenamiento supraestatal estableciendo el reparto de competencias entre la Unión Europea y los Estados miembros, y constituyen la legitimación de las instituciones europeas.

El derecho derivado es el que se origina por las instituciones creadas por el derecho originario y que debe ser conforme al mismo. Es decir, el derecho derivado finalmente son las normas que emanan de La Unión y se aplican en los países europeos, deben respetar el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y los demás componentes del derecho originario.

Derecho primario u originario

El derecho primario está constituido por:

  • Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE): Se recoge el nacimiento de la Unión Europea, su organización y estructura, cómo será su funcionamiento y sus principios y objetivos. Delimita el ámbito de aplicación de sus normas y las competencias.
  • Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea: Recoge todos los derechos fundamentales que van a regir las decisiones y normativas de la Unión Europea. Conforman esta carta los derechos humanos políticos, civiles y sociales.
  • Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA): Fue el tratado originario de la Unión.
  • Tratados de anexión: Estos tratados son aquellas normas jurídicas por las cuales los Estados miembros se adhieren a la Unión Europea.

Derecho derivado

Son derecho derivado:

  • Reglamentos: Esta herramienta jurídica es las más eficaz e importante del derecho comunitario. Tiene carácter vinculante para los Estados miembros y se aplica de forma inmediata en el Estado sin necesidad de adaptar o transponer al ordenamiento de ese Estado. Su ámbito de aplicación es para todos los países de la Unión Europea.
  • Directivas: No se aplican directamente en el Estado miembro, deben transponerse al derecho nacional de cada país. Su ámbito de aplicación es para todos los países de la Unión Europea.
  • Decisiones: Las decisiones son actos jurídicos menos relevantes que los reglamentos y las directivas, pueden ser actos legislativos o no legislativos. Su ámbito de aplicación no son todos los países de la UE, sino que puede ir destinado a un Estado en concreto.
  • Recomendaciones: Tienen carácter no legislativo y no son de carácter vinculante. Establecen una guía que los países de la UE deberían seguir como recomendación.
  • Dictámenes: No tienen carácter legislativo y solamente son respuesta a algún tipo de consulta.
  • Acuerdos internacionales subsidiarios.

Derecho subsidiario

En el derecho subsidiario o supletorio, que sirve para intentar cerrar las posibles lagunas en el ordenamiento jurídico comunitario, se encuentran las siguientes fuentes:

Órganos del derecho comunitario

Los principales órganos que participan en el control y aprobación del derecho comunitario son:

  • Parlamento Europeo.
  • Consejo de Europa.
  • Consejo Europeo.
  • Comisión Europea.
  • Tribunal de Justicia de la Unión Europea.