Delito de odio

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La incitación al odio es un delito recogido en la legislación penal que consiste en el fomento, del odio, discriminación o violencia contra un grupo, o contra una persona determinada.

El delito de odio se incluye como un delito contra los derechos fundamentales y las libertades públicas. Esto significa que lo que se protege al castigar esta incitación al odio son los derechos fundamentales, en concreto se intenta proteger la igualdad y la dignidad. Aquello que se quiere proteger en un delito, se conoce como el bien jurídico protegido. Por tanto, en este caso el bien jurídico es el derecho a la dignidad y a la no discriminación.

Este delito persigue penalizar los discursos en favor de la discriminación, los prejuicios contra las personas por pertenecer a un determinado grupo. El problema de esta conducta tipificada es que colisiona con el derecho a la libertad de expresión.

También se conoce como el discurso del odio, y además de ser un delito específico funciona como agravante en numerosos delitos.

¿Qué se considera delito de odio?

Las principales características que permiten apreciar este delito son:

  1. Se considerará delito de odio fomentar o promover de manera pública odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo o contra una persona.
  2. También es delito de odio, la incitación directa o indirecta a la discriminación contra un grupo o contra una persona.
  3. De igual forma, serán sujetos activos de este delito, quienes produzcan, distribuyan o faciliten a otras personas materiales que fomenten el odio, hostilidad o discriminación contra un mismo grupo o personas.
  4. A este delito también lo constituyen las declaraciones públicas que nieguen o resten importancia. Igualmente las declaraciones que alaben delitos de genocidio contra personas en un conflicto armado o enaltezcan a sus autores.
  5. Los motivos por los que se incita al odio y los cuales tienen reproche penal son los argumentos ideológicos, religiosos, situaciones familiares, sexo, raza, nación u orientación sexual, etc.
  6. Este delito debe ser dirigido contra un grupo porque comparten una característica común. Es esta característica es la que hace que sean el objeto del delito de odio.
  7. Al contrario de lo que ocurre con los delitos patrimoniales, este delito atenta contra las personas de una forma indirecta. ¿Qué significa? Que no actúa de forma lesiva directamente como el delito de homicidio o asesinato.

Tipo objetivo – Tipo subjetivo

Los delitos se componen de un tipo objetivo, donde se encuentran → el objeto, la acción o el resultado y un tipo subjetivo, donde se integran el dolo o el ánimo de lucro.

Penas

Estos delitos tendrán una pena asociada. Aquí podemos ver una tabla comparativa de las penas de algunos países en este delito a día 1 de mayo de 2021: