Delito de daños

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Los daños son un delito recogido en la legislación penal que consiste en la desaparición, el deterioro físico o la inutilización del patrimonio de otra persona. Es la producción del desvalor patrimonial ajeno.

Los daños se incluyen como un delito patrimonial, esto significa que lo que se protege al castigar el robo es el patrimonio.

Unos ejemplos de este delito sería el pinchazo de los neumáticos del coche, dejar los grifos abiertos de un apartamento o tirar una joya al río.

Este tipo de delito puede ser cometido por persona física o jurídica y la víctima igualmente puede ser persona física o jurídica.

Aquello que se quiere proteger en un delito, se conoce como el bien jurídico protegido, por tanto, en este caso el bien jurídico es el contenido del patrimonio.

¿Qué es el patrimonio?

Hay que entender que es lo que se ve alterado cuando se producen uno daños, cuál es el bien jurídico protegido.

El patrimonio es el conjunto de derechos y obligaciones que hacen referencia a cosas que tienen valor económico o que pudieran ser valorables económicamente. Es esencial el valor económico de lo dañado, pero también la relación del propietario con esa cosa. Por tanto, podemos encontrar dos requisitos que definen patrimonio como objeto del delito de daños:

  1. Valor económico de la cosa que sufre el desvalor.
  2. El sujeto pasivo. Es decir, quien sufre el delito de daños, debe estar relacionado con la cosa desvalorada por una relación jurídica protegida por el ordenamiento.

Tipo objetivo – Tipo subjetivo

Los delitos se componen de un tipo objetivo, donde se encuentran: el objeto, la acción o el resultado y un tipo subjetivo, donde se integran el dolo o el ánimo de lucro.

Agravante del delito de daños

Existen tipos agravados para este tipo de delito si se comete de estas maneras:

  • Dependiendo de los medios utilizados para causar el perjuicio patrimonial. Por ejemplo, el hecho de que se empleen sustancias venenosas o corrosivas.
  • Por el objeto sobre el que recaen esos daños. Por ejemplo, tendrá mayor reproche penal el daño a un bien histórico y cultural.
  • Por la intención con la que se realizan.
  • Dependiendo de la gravedad de los propios daños.

Tipos específicos

Este delito de daños ha sufrido una gran evolución debido a las nuevas tecnologías, así se tipifican nuevas modalidades relativas a aquellos daños causados en sistemas informáticos como:

  • a) Daños en archivos informáticos o elementos informáticos.
  • b) Interferencia u obstaculización en el funcionamiento de sistemas de información ajenos.
  • c) Hackeo → Uso de elementos intrusivos en sistemas, datos o programas informáticos ajenos.

Penas del delito de daños

Estos delitos tendrán una pena asociada y variará según su tipo agravado. Aquí podemos ver una tabla comparativa de las penas de algunos países en este delito a día 1 de mayo de 2021: