De Iure

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De Iure es una expresión que literalmente significa “de derecho” se utiliza para indicar que algo está ocurriendo o tiene efectos con base jurídica.

Cuando una acción está aprobada por una autoridad competente o adoptada por una ley vigente, esa acción se lleva cabo “de iure”. Es decir, es una acción reconocida oficialmente.

La expresión de iure

Por ello, es común entender la expresión “de iure” como contraria a la expresión “de facto”, que significa literalmente “de hecho”.

Cuando se habla de una situación “de iure” puede que no se trate de una acción que esté sucediendo en la realidad. Mientras que la expresión «de facto» puede suponer justo lo contrario, que a pesar de no ser una acción reconocida oficialmente, en realidad sí está ocurriendo.

Un ejemplo de un hecho “de iure” es cuando una persona llega al poder político por unas elecciones constitucionales, pero no ejerce ese puesto que le corresponde por cualquier motivo.

Tanto las expresiones «de iure» y «de facto» son frecuentemente utilizados para casos administrativos o constitucionales.

Esto significa que en el ámbito jurídico estas expresiones son utilizadas para definir un gobierno no constitucional pero que se encuentra en el poder o para casos de funcionarios administrativos que tienen su puesto en la administración del Estado pero no ejercen sus funciones.

Esta expresión, también conocida como «latinajo» se encuentra en la jurisprudencia y en las carreras que desarrollan estudios jurídicos.

Presunción iuris et de iure

El término «de iure» puede utilizarse dentro de otra expresión latina como es «presunción iuris et de iure». Esta expresión o presunción es utilizada tanto en ámbito judicial como en el estudio del derecho y significa algo de lo que no cabe duda.

Un hecho «iuris et de iure» es aquel del cual no cabe prueba en contra porque no hay ninguna duda de su existencia ni de su veracidad.

Cuando en ámbito judicial o jurisprudencial se utiliza esta expresión no se puede utilizar ningún medio de prueba por parte de la parte contraria que desvirtúe la constatación de la veracidad de ese hecho que está bajo esta presunción.

Como presunción contraria, la cual se presume verdadera hasta que se demuestre lo contrario, es decir, cabe prueba en contra, encontramos la presunción «iuris tantum». Pero, ¿cuándo se puede considerar una presunción «iuris et de iure»? Solamente son las legales, es decir, las que indique la ley que no cabe prueba en contra. La finalidad es dar seguridad jurídica a ciertas situaciones.

De iure y de facto