Consorcio bancario

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El consorcio bancario, o sindicato bancario, es una agrupación de entidades financieras que se unen, de forma temporal, para llevar a cabo una operación que, debido a sus características, no podrían acometer de forma individual.

Las operaciones más habituales en las que se produce un consorcio bancario son aquellas de altas cuantías o de elevado riesgo. En el consorcio, las entidades financieras siguen siendo independientes unas de las otras: únicamente se unen para una operación concreta que de forma individual no podrían asumir. Esta unión se materializa a través del pacto de sindicación, del que hablaremos a lo largo del texto.

Operaciones en las que se produce un consorcio bancario

Aunque el consorcio bancario se puede realizar con cualquier operación, en la práctica se suelen dar las dos siguientes:

  • Préstamos sindicados: Estos créditos o préstamos tienen las mismas características que los que emite cualquier entidad financiera, pero con la principal diferencia de que, en este caso, son emitidos por el consorcio o sindicato bancario, es decir, por varias entidades. Suelen ser créditos o préstamos a medio o largo plazo, de una cuantía muy elevada y con un riesgo de insolvencia del deudor relativamente elevado.
  • Emisión de valores (acciones, bonos, etc.): En este caso, el consorcio suele afectar a aquellas emisiones de valores de grandes compañías o de aquellas con un riesgo de insolvencia relativamente alto. Se suelen dar en mercados internacionales, aunque también pueden llevarse a cabo en los nacionales.

Miembros que forman el consorcio bancario

El consorcio puede estar formado por tres tipos de miembros:

  • Banco director: Son los bancos responsables del consorcio. Son los encargados de negociar y fijar las condiciones con el beneficiario. Además, también se encargan de encontrar a las demás entidades financieras para que formen parte del consorcio. Puede haber un banco director o varios.
  • Bancos agentes: Este es elegido por todos los bancos participantes del consorcio y se encarga de la administración del sindicato. Entre sus funciones están, por ejemplo, la del cobro de los intereses en los préstamos o créditos o de llevar a cabo la emisión de valores.
  • Restantes bancos participantes: Son las demás entidades financieras que participan en el consorcio.

Normalmente, el banco director es el que más cuantía o más riesgo asume en la operación. Cuando todas las entidades participan de la misma cantidad de fondos, todas ellas suelen ser bancos directores al mismo nivel y el consorcio se denomina club deal.

Los bancos que forman el sindicato firman el pacto de sindicación, que es como un contrato donde se plasman las reglas del consorcio. En el pacto de sindicación se suele recoger la forma de solucionar las posibles controversias que surjan entre los miembros o las posibles sanciones en caso de incumplimiento por parte de alguna entidad.