Concordato
Un concordato es un acuerdo entre la Iglesia católica y un Estado determinado que establece unas pautas de cooperación entre ambos con el fin de beneficio mutuo.
El acuerdo más vinculante y con más relevancia en las relaciones Iglesia – Estado es el concordato, y suele realizarse con países de gran tradición católica. Existen numerosos países con acuerdos con la Iglesia católica de una u otra forma. Los acuerdos no necesariamente tienen que ir de la mano de la figura del concordato, sino que también hay acuerdos parciales y sectoriales o simples relaciones diplomáticas.
La Iglesia Católica mantiene relaciones diplomáticas con 174 países soberanos, solo con 17 no tiene ningún tipo de relación, de éstos, nueve son musulmanes y cuatro comunistas.
El considerado como primer concordato data del año 1122, entre el papa Calixto II y el emperador alemán Enrique V, que tuvo como fin acabar con la querella de las investiduras, una disputa entre Roma y el Sacro Imperio por el nombramiento de los altos cargos eclesiásticos. Aunque los concordatos tienen un origen muy lejano, la mayoría de ellos están firmados en los siglos XIX y XX.
Contenido
Los concordatos tienen un contenido muy diverso, tratan muchas materias: cultura, fiscalidad, educación, etc.
Suelen establecer el derecho a poder impartir educación religiosa en los centros escolares, garantizan el reconocimiento de la Iglesia católica y la libertad para el culto y el desarrollo de la misma. Algunos concordatos y acuerdos también regulan la exención por parte de la Iglesia de pagar algunos impuestos.