Cheque en descubierto

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El cheque en descubierto es aquel expedido sin los fondos suficientes. Es decir, el importe del documento es mayor al capital registrado en la cuenta bancaria del emisor (librador).

El otorgar este tipo de cheque se considera un delito cuya sanción depende de la legislación de cada país. Lo que buscan proteger las autoridades es el derecho al cobro que obtuvo el beneficiario del papel.

Agentes sancionables por usar un cheque en descubierto

Los agentes sancionables por usar un cheque en descubierto son tres:

  • La persona (natural o jurídica) que emite una orden de pago sin contar en ese momento con el monto requerido en su cuenta corriente.
  • El individuo o empresa que, habiendo extendido un cheque con provisiones suficientes, impide su cobro retirando fondos de su cuenta bancaria.
  • El tenedor del cheque que lo entrega o endosa a otro a sabiendas de su falta de cobertura.

Cabe aclarar que en España está exento de responsabilidad penal quien, expidiendo un cheque en descubierto, paga pronto el importe del documento. Ello, en un plazo de cinco días luego de que el beneficiario se presente para el cobro sin éxito.

Otro punto a considerar es que es posible emitir un cheque contra un crédito. Es decir, la entidad financiera otorga una préstamo al librador. Así, este último podrá compensar en el futuro a su acreedor por la orden de pago emitida.