Categorías de las inversiones en valores negociables entre empresas

3 min

Las inversiones en valores negociables intercorporativas se pueden clasificar en función del porcentaje de propiedad sobre la empresa de la cual se están adquiriendo esos valores.

Las inversiones en valores negociables intercorporativas, son inversiones de valores entre empresas. Dado que existen varios tipos, vamos a proceder a su clasificación. Así mismo, explicaremos las características de cada una de las categorías.

Categorías de las inversiones en valores negociables entre empresas

Las clasificaciones de las inversiones en valores negociables entre empresas son las siguientes:

  • Inversión en activos financieros: Porcentaje de control es menor al 20%. Se considera como una inversión pasiva. Esto es debido a que la capacidad de influencia de la empresa adquirente sobre la que se adquieren sus participaciones es prácticamente nula.
  • Inversión en empresas asociadas: Porcentaje de control entre el 20% y el 50%. Aunque esta clasificación se considera como una inversión sin control relevante, la empresa adquirente si puede ejercer una influencia significativa de la siguiente manera:
    • Obteniendo representación en la gestión.
    • Influencia en la política y el gobierno corporativo de la empresa
    • Aprovechar los recursos humanos de la empresa adquirida
    • Influenciar transacciones materiales
    • Dependencia tecnológica
  • Combinación de negocios: Porcentaje de control superior al 50%. Cuando el porcentaje de propiedad supera el 50% si se considera una inversión con capacidad de control.

El control ejercido en base al porcentaje de propiedad se considera relativo. En algunos casos a pesar de tener una participación de menos del 20% en una empresa, se puede ejercer un mayor control. Esto es debido a que la empresa que adquiere las participaciones puede aportar un saber hacer (know-how), una nueva tecnología o un método de producción con mayor efectividad que el que posee la empresa adquirida.

Tratamiento contable de las inversiones en valores negociables entre empresas

En base a las tres clasificaciones anteriores, el tratamiento contable sería el siguiente:

Inversión en activos financieros

  • Valores mantenidos hasta vencimiento: Son valores de renta fija que por su naturaleza, la empresa desea y está en la capacidad de mantener hasta vencimiento. Estos valores, salvo circunstancias especiales, no se pueden vender hasta si vencimiento.

Estos valores se contabilizan en el balance a coste amortizado.

  • Valores mantenidos para la venta: Son valores de renta fija y variable que la empresa realizar con un carácter algo más especulativo y podría vender en algún momento.

Se clasifican en el balance por su valor razonable. Los ganancias realizadas en su valor se clasifican en la cuenta de resultados mientras que las no realizadas se clasifican en el estado de cambios en el patrimonio neto.

  • A valor razonable a través de la cuenta de pérdidas y ganancias: Dentro de esta clasificación existen dos subclasificaciones:
  • Mantenidos para negociar: Son inversiones en valores de renta fija y variable de corte especulativo mediante los cuales la empresa pretende obtener un beneficio en el corto plazo.
  • Contabilizados por su valor razonable: Tratamiento similar a la anterior clasificación.

Inversión en empresas asociadas

Los valores negociables clasificados bajo esta categoría se contabilizan a su coste y se reportan en el balance como un activo no corriente. En períodos posteriores la parte proporcional de los beneficios/perdidas de la empresa adquirida a los que la empresa adquirente tiene derecho, aumentarán o reducirán la cuenta asociada a esta inversión y se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias.

Combinación de negocios

En la actualidad el método utilizado para contabilizar una combinación de negocios es el método de la adquisición.
Bajo este método si por ejemplo la empresa A posee un 80% de las participaciones de la empresa B, la empresa A reportaría el 100% de los activos y pasivos de la empresa B como propios. El 20% restante que no correspondería a la empresa A se clasificaría como intereses minoritarios.