Agente de seguros

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Un agente de seguros es un profesional colegiado que, a través de un contrato de agencia, media entre el asegurado que demanda un servicio y la entidad aseguradora que lo ofrece con el fin de conseguir a un acuerdo entre ambos a cambio de una retribución o comisión.

Es decir, esta figura tiene como principal tarea poner en contacto a aquel que está interesado en un seguro determinado y a quien puede ofrecérselo. Por tanto, su labor principal consiste en informar y asesorar al tomador según las condiciones ofrecidas por la compañía a que representa. Por este servicio, recibe una retribución de la empresa aseguradora.

Cómo ser agente de seguros

La legislación que regula esta profesión, que suele ser similar en la mayoría de países, plantea una serie de condiciones necesarias. Algunas tienen que ver con el contrato a celebrar y otras con las características de la persona realizará la actividad.

  • En primer lugar, el contrato de agencia siempre será de tipo mercantil y no laboral. De esta forma, el agente deberá ser un trabajador por cuenta propia.
  • En dicho acuerdo se planteará todo aquello que las partes consideren libremente.
  • El agente puede ser una persona física o una entidad jurídica en sus diferentes modalidades societarias o cooperativas.
  • Por otro lado, debe tener capacidad legal para el ejercicio del comercio y no solo para contratar. Además, debe estar colegiado en el organismo profesional correspondiente.
  • Respecto a su persona, debe ser alguien que haya demostrado honorabilidad comercial y profesional en el ejercicio de su labor.
  • Para el ejercicio de sus funciones podrá contratar colaboradores, siempre que se especifique en el contrato. Estos estarán bajo la responsabilidad del agente de seguros.

Relación con la empresa aseguradora

El agente y la empresa se relacionan por las cláusulas del contrato de agencia. La legislación suele exigir, como condición obligatoria, la imposibilidad de promover el cambio de entidad aseguradora a los clientes para el conflicto de intereses una vez firmados los contratos de seguros. Cuestión aparte es el asesoramiento cuando es el asegurado el que lo solicita.

Por otro lado, las comisiones a percibir se establecen entre las partes. Suelen incluir una cantidad por seguros nuevo firmado y otras por cartera de clientes. Una vez finaliza el contrato, ambas partes pueden y deben comunicarlo a los clientes afectados. Esto es así porque deben estar informados, ya que firmaron dicho servicio a través del mediador.

Tipos de agentes de seguros

En relación a los tipos de agentes, estos se pueden clasificar en función de si tienen o no exclusividad con alguna compañía.

  • Por una parte, están los exclusivos, que trabajan solo para una empresa. De esta forma, solo la agencia exclusiva puede autorizarlo a trabajar con otras compañías. El agente actúa de mediador y en nombre de la aseguradora a efectos legales. Además, debe estar en disposición de los conocimientos necesarios en función de los servicios que va a ofertar a los clientes.
  • El otro tipo es el vinculado, que permite trabajar con distintas compañías de seguros. De esta forma, actúan como agente independiente pudiendo contratar con la compañía que estime oportuno. Estos son cada vez menos frecuentes.