Abogado de oficio
El abogado de oficio es la persona que se encarga de defender jurídicamente a otra en un juicio teniendo en cuenta los intereses del cliente, sin que este le haya elegido libremente.
Un abogado de oficio cumple con las mismas funciones y con la misma preparación que un abogado ordinario, pero la diferencia es que no ha sido elegido dentro de las opciones que ofrece el mercado.
Otra diferencia fundamental con el abogado ordinario es que no hay posibilidad de abandonar el caso, exceptuando en el orden penal. El abogado de oficio tiene la obligación de llevar el caso hasta la finalización del procedimiento.
¿Por qué se designa abogado de oficio?
Existen dos posibilidades para que la representación jurídica sea por abogado de oficio:
- La persona no quiere elegir abogado y el colegio de abogados le asigna uno si es obligatorio acudir al proceso judicial con abogado –> los servicios de este abogado deberán ser abonados por el cliente.
- La persona no tiene suficientes recursos económicos para poder pagar un abogado y el colegio de abogados le asigna uno. En este segundo caso entra en juego la «asistencia jurídica gratuita».
Cuando se reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita, el cliente no deberá pagar los servicios del abogado pero estos si recibirán una compensación por su trabajo.
Una vez que se informa a la persona que debe acudir al proceso judicial con abogado y este o no puede, o no quiere elegir abogado, se abre el procedimiento para la designación del abogado de oficio.
Procedimiento
El colegio de abogados dispone de una bolsa de trabajo, es decir, hay ciertos abogados que se han apuntado libremente al conocido como turno de oficio para ser llamados en caso necesario.
Una vez que la persona que necesita representación jurídica no dispone de abogado, el colegio de abogados debe facilitarle uno de los abogados inscritos en el turno de oficio. Esto, sin la posibilidad de que el cliente pueda elegir de entre todos los que estén inscritos.
Requisitos para ser abogado de oficio
Para poder participar en el turno de oficio y poder ser uno de los elegidos en caso necesario se deben cumplir con ciertos requisitos:
- Tener un despacho abierto en el partido judicial donde se le requieran los servicios.
- Tener una experiencia mínima de tres años.
- Haber cursado la carrera de Derecho y el máster de acceso a la abogacía.
- No tener incompatibilidades para actuar como abogado de oficio.
- Estar colegiado y estar al día del pago de las cuotas del colegio.
- No estar inhabilitado ni tener ninguna sanción ni limitación que le impida ejercer.