Definición de regencia

En el latín. En dicha lengua es donde podemos encontrar el origen etimológico del término regencia, que significa “cualidad del que manda” y que deriva de “regentia”. Una palabra esta que se compone de tres partes diferenciadas:
-El verbo “regere”, que es sinónimo de “regir”.
-La partícula “-nt-”, que se emplea para indicar al agente.
-El sufijo “-ia”, que puede traducirse como “cualidad”.

Regencia es un concepto que se vincula al verbo regir (dirigir, administrar). La noción suele emplearse para nombrar al gobierno temporal que asume una persona cuando el monarca legítimo está ausente o se encuentra incapacitado de ejercer sus funciones por algún motivo.

El individuo que gobierna en nombre del titular se conoce como regente. Una vez que el monarca legítimo puede reasumir sus obligaciones, el regente deja de cumplir funciones y la regencia llega a su fin.

La regencia es un mecanismo propio de la monarquía. En los regímenes democráticos, existe otra estructura de gobierno que contempla cómo reemplazar al mandatario. Por lo general hay una escala jerárquica que indica quién asume el poder de manera temporal y bajo qué condiciones, de acuerdo a lo establecido por la Constitución.

En las monarquías, en cambio, el rey es reemplazado por alguna persona cercana como su hijo, su padre o su madre. La regencia, por lo tanto, suele ser ejercida por un familiar directo del monarca. Un ejemplo de regencia tuvo lugar en Francia en el siglo XVII, cuando la madre de Luis XIV, Ana de Austria, asumió el poder.

En el caso de la historia de España nos encontramos con una gran cantidad de regencias que trajeron consigo consecuencias de lo más dispares. Por ese motivo, en la Constitución de 1978, se procedió a establecer un artículo, el 59, en el que se especifican exactamente las dos únicas situaciones en las que podrá existir la figura del regente:
-Cuando el titular de la Corona sea menor de edad, se establecerá la figura del regente hasta que aquel cumpla los 18 años. El encargado de ocupar ese rol será su padre o madre o el pariente de mayor edad que esté más cerca del trono en lo que es la línea sucesoria.
-Cuando el titular de la Corona estuviera en una situación en la que es absolutamente inhábil para ocupar desempeñar las funciones que le son propias. En el caso, el ejercicio de la regencia será desempeñado por su heredoro al trono si fuera mayor y si fuera menor se optaría por seguir lo indicado en el primer caso citado.

Eso sin olvidar que en la mencionada Carta Magna se establece que la persona que ejerza como regente debe tener nacionalidad española y ser mayor de edad.

Regencia también es el nombre de un estilo de arte que se desarrolló en Francia en el siglo XVIII y de un movimiento arquitectónico que tuvo su auge en Inglaterra durante los primeros años del siglo XIX.

En el campo de la astrología, por último, se denomina regencia al vínculo estrecho que existe entre un astro y un signo zodiacal y que determina las características de la carta astral.

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