Definición de ordenamiento jurídico
Para definir el concepto de ordenamiento jurídico es necesario explicar con antelación lo que significan cada uno de los dos términos que lo conforman.
Ordenamiento sirve para referirse a la acción y efecto de ordenar. Se trata de un verbo que remite a organizar algo de acuerdo a un modo o plan conveniente, dirigir una causa a un fin previamente determinado o mandar a alguien que realice una determinada acción. Cuando se trata de este último caso se habla de una persona con una determinada autoridad sobre otra para indicarle que realice una determinada acción; por ejemplo, una madre puede ordenarle a su hijo que se lave los dientes antes de acostarse o un jefe a su empleado puede indicarle qué hacer para mejorar el trabajo de la empresa.
Jurídico es aquello que atañe al derecho o que se ajusta a él. A su vez este concepto se encuentra relacionado con el de el cual hace referencia al de la legislación.
El ordenamiento jurídico está dado por el sistema de normas que organizan una sociedad.
Qué es el ordenamiento jurídico
Partiendo de esta base podemos decir que el ordenamiento u orden jurídico es el sistema de normas que rigen la organización legal de un determinado lugar y época. Esto quiere decir que el ordenamiento jurídico puede variar según la ciudad, provincia o país, o de acuerdo al momento histórico en cuestión.
Al día de hoy la mayoría de las naciones se identifican con un tipo de organización democrática; por tanto la siguiente explicación podría ser válida para cualquiera de ellas. En una sociedad donde rige la democracia, el ordenamiento jurídico está compuesto por la Constitución (la norma suprema de un Estado), las leyes, los reglamentos, los tratados, las convenciones, las disposiciones y otras regulaciones.
Organización de la sociedad
La sociedad, por lo tanto, se organiza según su ordenamiento jurídico, que está vinculado al derecho objetivo (el conjunto de normas por el cual se rige una comunidad). Los distintos componentes del ordenamiento jurídico se articulan de manera coordinada, a través de una jerarquía normativa (con la Constitución en la parte más alta) y respetando ciertos principios (como la temporalidad, que consiste en que la ley más reciente deroga a la precedente).
Es importante destacar que el ordenamiento jurídico es dinámico, ya que el Estado cuenta con potestades legislativas que le permiten adaptar las normas a las necesidades específicas de la población.
La Constitución, las leyes y otras regulaciones componen el ordenamiento jurídico.
Diferencias entre orden jurídico y ordenamiento jurídico
Orden jurídico y ordenamiento jurídico son dos expresiones que suelen emplearse indistintamente en el habla coloquial para referirse, generalmente, a la segunda de ellas. No obstante, en un lenguaje jurídico rigurosamente técnico es necesario que sepamos distinguirlas. Ambas pertenecen a entidades diferentes.
El concepto de orden jurídico hace referencia al conjunto armónico de relaciones que se establecen en una sociedad; las mismas se encuentran reguladas por el Derecho y tienen lugar en un espacio y un tiempo determinados. Podríamos decir que se trata por tanto de una realidad social.
El ordenamiento jurídico, se define como el conjunto unitario de normas que rigen en un determinado momento y espacio. Es una entidad normativa, de naturaleza, y como tal, ideal.
Esto nos lleva a decir que entre el orden y el ordenamiento hay una débil línea que las divide: el orden está primero, informa a la legislación sobre aquello que la sociedad entiende como necesario o imprescindible para que la vida en sociedad funcione correctamente, y el ordenamiento lo pone en palabras y práctica. Es decir que este último no logra su finalidad, si no es a través del orden.
Conceptos de sistema y comunidad
Por otro lado tampoco hay que confundir ordenamiento jurídico con sistema jurídico. El primero es de carácter normativo, mientras que el segundo, de carácter cognoscitivo. Es decir que se encuentra formado por los conocimientos y la información inherente al Derecho y se mueve en el plano de la teoría. La cercanía entre ambos es que el ordenamiento proporciona la materia para que el sistema realice una reconstrucción científica según los criterios teóricos acumulados.
Por último, el concepto de comunidad jurídica es la colectividad de seres humanas que la conforman y que hacen posible el normal funcionamiento del resto de los conceptos antes expresados.