Definición de núbil
Núbil es un término procedente del vocablo latino nubĭlis. Se trata de un adjetivo que permite calificar a quien se encuentra en edad de casarse.
Lo habitual es que el concepto se emplee con referencia a una mujer. La persona que alcanza la nubilidad llega a la edad legal para contraer matrimonio.
La condición de núbil está asociada a las costumbres de una sociedad. Por lo general, estas tradiciones y creencias se encuentran reflejadas en las leyes, por eso la edad núbil aparece detallada en la legislación: solo pueden casarse aquellos que tienen más de X años.
Este piso que se establece está vinculado al consentimiento pleno, ya que se considera que los menores no disponen de la madurez y las herramientas psicológicas y cognitivas necesarias para elegir casarse. Con la edad núbil, se entiende que el ser humano ya puede decidir si quiere contraer matrimonio.
Generalmente se ajusta la nubilidad con la pubertad. Sin embargo, hay otros componentes propios de la antropología y la cultura que inciden en la definición de la edad núbil y que incluso cambian con el paso del tiempo.
Es importante no confundir la nubilidad con la mayoría de edad, la emancipación legal ni la edad de consentimiento sexual. Se trata de nociones que pueden relacionarse con la edad núbil pero que no refieren a lo mismo.
Más allá de las diferencias entre naciones, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) dictó, en una resolución de 1962, la obligatoriedad de fijar una edad mínima por ley para casarse, dejando sin validez los acuerdos familiares y las doctrinas religiosas. Así el establecimiento de la edad núbil se convirtió formalmente en potestad del Estado.
Veamos la situación de algunos países con respecto a la nubilidad. Comencemos por Francia, donde antes de la Revolución la edad núbil solía ser de 12 y 14 años, para la mujer y el hombre respectivamente. A partir de 1792 este requisito cambió por 13 y 15 años, y en 1804 el Código Civil Francés (también conocido como Código Napoleón o Código Napoleónico) volvió a modificarlo, esta vez imponiendo las edades mínimas de 14 y 18 años.
Ya en el presente, en el año 2006 la edad núbil en Francia se estableció de 18 años para mujeres y hombres, signo de la creciente búsqueda de igualdad que caracteriza nuestros tiempos. Si uno de los cónyuges es menor de edad, es obligatoria la autorización por parte de sus tutores legales para contraer matrimonio, ya que una vez que lo hace se emancipa de pleno derecho.
Independientemente de la edad núbil, el estudio de las estadísticas nos puede aportar datos interesantes para conocer las preferencias reales de la gente, es decir, a qué edad realmente desean casarse más allá de lo que impongan las leyes. En 1994, la edad media de mujeres y hombres franceses casados era de 26,8 y 28,7, respectivamente; para 2010, aumentó a 30 y 31,8, mientras que en 2013 alcanzó los 30,6 y 32,4.
Hablemos ahora de España, donde la realidad es notablemente diferente. Hasta principios de 2015, los españoles podían contraer matrimonio desde los 14 años de edad, aunque necesitaban que un juez autorizara el lazo. La edad núbil actual es de 16 años, pero sigue siendo demasiado baja en comparación con Francia.
En el año 1978, el gobierno español quitó la expresión «edad núbil» del proyecto constitucional para apoyar la igualdad jurídica de las mujeres y los hombres con respecto a su derecho para casarse, sus obligaciones maritales y la potencial separación, entre otros aspectos legales.
En Estados Unidos, por otra parte, la edad núbil es de 18 años para ambos sexos, a excepción de Mississippi y Nebraska, donde es de 21 y 19 años, respectivamente. A pesar de ello, en todos los estados es posible contraer matrimonio siendo menor de edad siempre que los padres o tutores legales aprueben la unión.