Definición de judicial

El concepto de judicial proviene de iudiciālis, un vocablo latino. Se trata de un adjetivo que refiere a lo vinculado a la administración de justicia y a los juicios.

Con este término se forman diversas expresiones. El poder judicial, por ejemplo, es uno de los poderes del Estado; los otros son el poder ejecutivo y el poder legislativo. Su función es impartir justicia a través de la aplicación de las leyes para resolver conflictos.

La separación de poderes públicos es la base del estado de derecho. De acuerdo a la teoría del jurista y filósofo francés Montesquieu (1689-1755), cuando el poder judicial, el poder ejecutivo y el poder legislativo son independientes, se garantiza que los ciudadanos sean libres, ya que se logra un equilibrio que impide los abusos por parte del Estado.

Una resolución judicial, por otra parte, es un fallo o un decreto de un juez o de un tribunal. Esta resolución permite ordenar el cumplimiento de una medida o resolver los pedidos de las partes.

Se llama tutela judicial, en tanto, a la protección de los derechos dispuesta por un tribunal o un juez. Activismo judicial, secuestro judicial, defensor judicial, partido judicial y policía judicial son otros conceptos que se desarrollan a partir del adjetivo judicial.

Entendemos por activismo judicial la práctica y la concepción del juez en cuanto a su acción de limitar los otros poderes del Estado por medio de la aplicación de los derechos fundamentales y la Constitución. Con el objetivo de producir un cambio en la sociedad, la jurisprudencia o la legislación, exige un protagonismo mayor de los tribunales, además del hecho de que las sentencias sustenten el Derecho mismo.

Con respecto a secuestro judicial, se trata de una medida de tipo procesal que dicta un tribunal de justicia o un juez con el objetivo de sustraer el dominio de un bien (ya sea mueble o inmueble) a un particular. Este bien debe ser objeto de un caso entre dos partes en un proceso que, por medio de esta medida, queda en manos de la autoridad.

La meta fundamental del secuestro fundamental es impedir que una de las partes en litigio cambie el estado del bien de manera voluntaria y consiga que el derecho no pueda ser reconocido o que no ampare a la otra al final del proceso. Dado que existe el riesgo de que el bien pueda ser alterado, las autoridades no siempre toman esta medida provisional.

El concepto de defensor judicial, por otro lado, se define como el curador que de manera ocasional representa y ampara los intereses de los individuos que se encuentren en alguna de las dos situaciones:

* en medio de un conflicto de intereses entre los representantes legales y un menor o una persona que no pueda hacer uso de sus todas facultades;

* que el curador o el tutor no desempeñen sus funciones, cualquiera sea el motivo.

En España existe el concepto de partido judicial, una unidad territorial que puede administrar justicia y que la integran uno o más municipios limítrofes que pertenecen a una sola provincia.

La policía judicial es la que sirve al ministerio público y al poder judicial para investigar delitos y ejecutar sentencias. La naturaleza de dichos delitos suele ser pública (narcotráfico, delincuencia organizada, delitos medioambientales o fiscales) y por esto es común que existan unidades específicas para cada tipo.

Todo aquello vinculado a la justicia, en definitiva, puede recibir la calificación de judicial. Aunque se trate de nociones similares, no hay que confundir esta idea con jurídico, que alude específicamente a lo que se ajusta a derecho (a las normas y los principios vigentes).

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