Definición de acreedor
Acreedor es un adjetivo que nombra a quien tiene mérito para obtener algo, o derecho a pedir el cumplimiento de una obligación. Por ejemplo: “El escritor peruano Mario Vargas Llosa se hizo acreedor de una nueva edición del Premio Nobel de Literatura”, “El acreedor de la distinción es el concursante número cuatro”.
Hacerse acreedor de una cosa o de un título es igual que decir ganar o recibir, aunque su uso se reserva para contextos de cierta formalidad, especialmente en el lenguaje escrito. Por lo general, el resultado de un concurso suele expresarse haciendo uso de esta construcción para su difusión en la prensa («Juan Pérez se hizo acreedor del primer premio»), mientras que en el habla cotidiana se suele utilizar una de las alternativas antes planteadas («Juan ganó el primer premio»).
Se denomina saldo acreedor a aquel que se encuentra en el haber de un crédito o de una cuenta, y se trata de un monto positivo; por el contrario, se conoce como saldo deudor a la cantidad en rojo, que no se posee sino que figura en el debe.
El uso más habitual del concepto señala a quien tiene derecho a que se le satisfaga una deuda. El acreedor, en este sentido, es una persona (ya sea física o jurídica) que está legítimamente facultada para exigir el pago de una obligación contraída con anterioridad. Esto supone que, aunque una de las partes no tenga medios para cumplir con su obligación, esta no caduca y el acreedor aún puede exigir el pago. En el caso de una quiebra, aquel que tiene derecho de cobro con prioridad se conoce como acreedor preferente.
El acreedor tiene derecho a exigir el total cumplimiento de una obligación en el plazo fijado y, en el caso en el cual la otra parte no cumpla, puede demandar un resarcimiento por daños y perjuicios.
Existen diversos tipos de acreedores de acuerdo a las garantías existentes y a la naturaleza de la obligación. Pese a que el acreedor puede exigir el cumplimiento de una obligación, por lo general el salario de las personas no es embargable en su totalidad. Por lo tanto, incluso cuando una persona se declara en quiebra (lo cual indica que no tiene fondos para pagar una deuda), el acreedor no puede embargarle el salario para efectuar el cobro, sino solo un porcentaje y de acuerdo a ciertas especificaciones.
Se conoce con el nombre de concurso de acreedores al procedimiento legal que comienza cuando una persona física o jurídica (una sociedad) se vuelve insolvente y no cuenta con los medios necesarios para afrontar el total de su deuda. Contempla los casos de quiebra y de suspensión de pagos, y solamente se excluyen los entes públicos.
El único requisito para que una persona física o jurídica pueda ser declarada en concurso de acreedores es que el deudor sea insolvente, que no tenga la posibilidad de regularizar sus obligaciones de pago según exijan las otras partes. Fundamentalmente, existen dos tipos de concursos de acreedores, que son los siguientes:
* voluntario: aquel que insta el mismo deudor;
* necesario: el que reclaman los acreedores antes de que lo haga el deudor.
Una de las ventajas de la declaración voluntaria en situación de concurso de acreedores es que solo de esta forma el deudor conserva las facultades de administrar y disponer de su propio patrimonio; en el caso de un concurso necesario, dicho poder queda en manos de los administradores. Por otro lado, cabe mencionar que el juez del concurso puede realizar diversas modificaciones a estas condiciones, según lo crea conveniente.
A pesar de que declararse voluntariamente es siempre beneficioso para el deudor, esta medida no impide que su vivienda habitual pueda ser embargada, según lo señala la Ley Concursal vigente.