Definición de daño

Daño es el efecto de dañar. El término proviene del latín damnum y está vinculado al verbo que se refiere a causar perjuicio, menoscabo, molestia o dolor. Por ejemplo: “Tus palabras me han hecho daño”, “La bala causó un daño irreparable en los nervios de la pierna izquierda”, “El daño material fue inmenso tras el incendio, pero no se tuvieron que lamentar víctimas fatales ni heridos”, “El coche sufrió un gran daño por el accidente”.

En algunos países del continente americano, la noción de daño se usa para nombrar a los maleficios o al mal de ojo (la supuesta capacidad que tienen ciertas personas de causar un mal en otras con sólo mirarlas): “Una bruja me dijo que alguien me ha hecho un daño”.

Además de todo lo expuesto tampoco podemos olvidar que en determinados países de América, como sería el caso de Nicaragua o Guatemala, se emplea una locución verbal que incorpora el citado vocablo de daño. En concreto, nos estamos refiriendo a la expresión “hacerle el daño a una doncella” que significa desvirgar a una joven.

En el campo del comercio también existe una expresión que hace uso del término que ahora nos encontramos analizando. Nos estamos refiriendo a “lucros y daños” que viene a ejercer fundamentalmente como sinónimo de lo que serían “ganancias y pérdidas”, es decir, el documento donde se van anotando tanto los beneficios que está teniendo una empresa en sí como las citadas pérdidas.

Para el derecho, el daño es un perjuicio que sufre una persona o su patrimonio por culpa de otro sujeto. El daño, por lo tanto, supone un detrimento en los derechos, bienes o intereses de un individuo como consecuencia de la acción u omisión de otro.

Además en el caso de España se establece una clara diferenciación dentro de lo que pueden ser los tipos de daños. De esta manera, los mismos se dividen en dos grupos: los daños morales y los daños patrimoniales. Los primeros podemos decir que son aquellos que tienen tal alcance y gravedad que no pueden repararse ni con el pago de una cantidad económica sea la que sea. Un claro ejemplo de daño moral sería la pérdida de un ser querido.
Los segundos, los patrimoniales, son aquellos que se pueden reparar mediante dinero o bienes que se puedan sustituir por este.

El daño puede ser generado por dolo, culpa o de manera fortuita. El daño doloso se produce cuando el sujeto actúa de forma intencional (alguien golpea con un palo el coche de otra persona y rompe sus vidrios, por ejemplo). El daño culposo, en cambio, tiene lugar por negligencia (una persona arroja un cigarrillo en el campo y genera un incendio).

Todo daño genera a su responsable una obligación de resarcimiento. En ciertos casos, el daño también puede implicar una sanción penal, cuando el ilícito cometido se encuentra penado por la ley.

Dentro del campo del Derecho, es muy frecuente que se utilice además la expresión daños y perjuicios. Con ella lo que se hace es dejar patente la existencia de una compensación económica que se le otorga a aquella persona que ha sufrido un daño. Es, por tanto, una manera de reparar y compensar aquel.

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