Crédito fiscal
Te explicamos qué es el crédito fiscal, cuáles son sus principales objetivos y los accesorios con los que cuenta este tipo de saldo.
¿Qué es el crédito fiscal?
Se conoce como crédito fiscal al saldo que una persona natural o jurídica posee a su favor a la hora de declarar sus impuestos, y que por lo general representa un monto deducible de su pago final, debido a condiciones determinadas de su economía. En otras palabras, se trata de un saldo positivo a favor del contribuyente, que debe ser deducido a la hora de rendir sus tributos.
En este sentido, el crédito fiscal es contrario al débito fiscal, que representa la deuda de la persona con el Estado, y las normativas que delimitan o calculan cada uno de estos montos estará siempre comprendida en el marco jurídico y legal por el cual cada país elige guiarse (es decir: las leyes).
El crédito fiscal tiene, en principio, el objetivo de impedir que las transacciones comerciales tasadas lleven a una persona a pagar dos veces impuestos, o sea, a pagar doble impuesto. Por ejemplo, si un revendedor de mercancía paga impuestos a la hora de comprarla, ese monto pagado debería descontarse del impuesto que deberá pagar cuando venda la misma mercancía, pues por ella ha pagado ya al fisco.
Por otro lado, el crédito fiscal puede ser empleado por el Estado para ofrecer servicios a la ciudadanía en lugar del reintegro del dinero excedente, retornándolo así bajo forma de servicios prepagados.
O bien puede emplear ese crédito como una herramienta financiera para distintos fines económicos, generando así más capital. Del modo que sea, el manejo del crédito fiscal forma parte de las estrategias fiscales de una nación determinada, y que fijará el ministerio de finanzas o el organismo encargado de ello.
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Accesorios del crédito fiscal
El crédito fiscal contempla siempre los denominados “accesorios”, que no son más que ítems o conceptos que permiten determinar la cifra a favor del contribuyente. Ejemplos de ello son:
- Recargos. Intereses generados por adeudos hacia el físico, calculados en base a tasas variables, de acuerdo a la normativa fiscal del país. A menudo se conceden prórrogas para su cancelación, y en ese caso no se toman en cuenta.
- Multas. Infracciones debidas a la evasión de leyes fiscales o a otras condiciones que incrementan el monto a pagar, o que en algunos casos, de pagarse a tiempo, se deducen del monto total del impuesto (como una forma de incentivo). Todo, de nuevo, en conformidad con la legislación fiscal del país.
- Gastos de ejecución. Considerados como gastos administrativos, se originan cuando las deudas con el Estado no se saldan en el tiempo establecido de antemano, de acuerdo a una fórmula variable de intereses o de sobrecargos, que finalmente se suman al pago tributario de la persona.
- Actualizaciones. Debido a cambios económicos, inflación o determinadas condiciones políticas y económicas, los montos pueden requerir de actualizaciones a modo de cuotas extra o cifras adicionales.
- Deducibles. Por el contrario, estos factores son tomados en cuenta a la hora de calcular el pago del tributo, para restar del monto total algún porcentaje en base a las condiciones de vida de la persona o de su actividad económica. Esto para garantizar que quienes más tienen paguen más y quienes menos tienen paguen menos, pero siempre respetando una serie de normas fiscales y de proporcionalidad.