Constitución de Apatzingán: antecedentes, características, autores
¿Qué fue la Constitución de Apatzingán?
La Constitución de Apatzingán es reconocida como la primera carta magna que tuvo México. Fue promulgada el 22 de octubre de 1814 por el Congreso Chilpancingo, en los tiempos del virreinato de Nueva España. Su nombre oficial fue Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana y también se le conoce como Constitución de 1814.
Se firmó en Apatzingán, porque los miembros del Congreso tuvieron que huir a esa ciudad ante el acoso de Félix María Calleja y sus tropas. Aunque la Constitución de Apatzingán no pudo entrar en vigor ni fue aplicada, fue la Constitución mexicana más importante hasta 1857.
Los principales puntos de la Constitución de Apatzingán son la proclamación de la Independencia de México y el rechazo a la monarquía como forma de gobierno; en su lugar, establece la república e incorpora el principio de la soberanía popular. La esclavitud es abolida y queda abrogado el impuesto indígena.
Igualmente, establece la libertad de imprenta y la inviolabilidad del domicilio. Se institucionaliza el habeas corpus y la religión católica como la única que debe profesar el Estado mexicano. A través de esta Constitución fue designado José María Morelos como encargado del Poder Ejecutivo.
Antecedentes
Los antecedentes de esta Constitución pueden clasificarse en dos tipos: políticos y legales o constitucionales.
Políticos
España había sido invadida por las tropas francesas de Napoleón en 1808. Por consiguiente, el rey Fernando VII y su hijo Carlos IV fueron obligados a abdicar.
Estos hechos generaron un clima de incertidumbre en el virreinato de Nueva España (México) y en toda América, y fueron el detonante para iniciar la guerra de Independencia en las colonias americanas.
Varios elementos constituyeron el escenario propicio para la emancipación. Había un evidente vacío de poder en el trono español que los franceses no lograron llenar. Los blancos criollos estaban inconformes con el gobierno de España y, además, la mayor parte de las tropas españolas estaban concentradas en la península ibérica.
Había inconformidad por el reparto de los cargos públicos, el pago de tributos a España y la desigualdad jurídica entre blancos criollos y peninsulares. Esto fue interpretado por las clases dirigentes novohispanas como el momento ideal para “liberarse del yugo español”.
En este escenario se produce el Grito del cura Miguel Hidalgo en el poblado de Dolores, Guanajuato, el 16 de septiembre de 1810. Este hecho desató la guerra libertadora mexicana que terminó con la declaración de Independencia el 21 de septiembre de 1821.
Legales y constitucionales
Los primeros esbozos constitucionales de los insurgentes comandados por Miguel Hidalgo se fueron madurando al calor de las luchas independentistas. Antes de la Constitución de Apatzingán fueron producidos varios escritos que sirvieron de base jurídica a la Constitución de 1814.
Entre estos escritos está el Manifiesto contra la Inquisición, que el cura Hidalgo firmó el 15 de diciembre de 1810. En este se denuncia y acusa a los españoles de los abusos cometidos durante el virreinato. A través de este también Hidalgo justifica su revolución y convoca a un congreso.
Su contenido se resume en el ideario de religión, igualdad social, libertad económica y política y buen gobierno. Hidalgo fue fusilado antes de la instalación del Congreso de Morelos, pero inmediatamente después se organizó la Junta de Rayón (promovida por Ignacio López Rayón).
De la Junta de Zitácuaro al Congreso de Anáhuac
Ignacio López Rayón, quien se desempeñó como secretario de Miguel Hidalgo, se hizo cargo de las tropas insurgentes. Instituyó en Zitácuaro el 19 de agosto de 1811 la Suprema Junta Gubernativa de América para defender los derechos del depuesto rey Fernando VII.
La Junta de Rayón invocaba también la protección de la religión católica, la defensa de la libertad y los bienes de la patria.
La asamblea convocada fue un fracaso en cuanto a participación de las numerosas tropas insurgentes. Su autoridad fue cuestionada, pero es considerada como una de las primeras iniciativas constitucionales de los patriotas mexicanos.
Los escritos que produjeron Rayón y la Junta constituyeron la base jurídica de la Constitución de Apatzingán. Sobre todo los Elementos constitucionales redactados por el general Ignacio López Rayón. En este documento, que no constituye un proyecto de Constitución propiamente, se exponen las ideas del movimiento insurgente.
Elementos constitucionales de Rayón
Son treinta y ocho artículos contentivos de ideas sueltas que tratan sobre diversos temas: la intolerancia religiosa, la soberanía popular, los derechos del hombre, la creación del Supremo Congreso en sustitución de la Junta de Zitácuaro y la creación de un Consejo de Estado, entre otros asuntos.
La Junta de Zitácuaro dio paso entonces al Congreso de Anáhuac (conocido también como Congreso de Chilpancingo), que fue convocado por José María Morelos el 14 de septiembre de 1813. Este congreso declaró la independencia de la América Septentrional de la Corona española.
Morelos ese día leyó el documento Sentimientos de la nación, en el que se destacan el valor de la libertad y los derechos humanos; este es otro antecedente de la Constitución política de México.
Autores
Durante el congreso reunido en Apatzingán se votó y declaró la Independencia de México. La Constitución aprobada prohibió la esclavitud y la tortura, y estableció los derechos universales del pueblo, sin distinción de clases ni castas. Además, se ordenó el reparto entre los campesinos de los latifundios (haciendas con extensiones mayores a dos leguas).
Los redactores y firmantes de la Constitución de Apatzingán fueron los siguientes diputados de la insurgencia:
- Antonio José Moctezuma por Coahuila.
- José María Liceaga en representación de Guanajuato.
- José Sixto Berdusco representando a Michoacán.
- José María Morelos en nombre de Nuevo León.
- Cornelio Ortiz de Zarate por Tlaxcala.
- José María Cos en representación de Zacatecas.
- José Sotero Castañeda por Durango.
- Manuel de Aldrete y Soria representando Querétaro.
- José María Ponce de León por Sonora.
- Francisco Argandar en nombre de San Luis Potosí.
- José Manuel Herrera en representación de Tecpán.
Morelos designó a todos los representantes, excepto a José Manuel Herrera en representación de Técpan, quien fue electo por votación.
José María Liceaga figuró como presidente del órgano constituyente y Pedro José Bermeo y Remigio de Yarza fueron los secretarios. La Constitución fue firmada el 22 de octubre de 1814, pero se publicó dos días después.
Los redactores de la Constitución fueron Carlos María de Bustamante, Andrés Quintana Roo y José Manuel Herrera. En su discusión y aprobación también intervinieron Brandon López, Manuel Sabino del Año y Antonio de Sesma.
Características de la Constitución de Apatzingán
Las características principales de la Constitución de Apatzingán son:
- Es una Constitución basada en las ideas del liberalismo burgués europeo, con una marcada influencia de las ideas de la Revolución francesa, de los textos clásicos y de las constituciones francesas (1793 y 1795). También está influenciada por las ideas liberales expresas en las Cortes de Cádiz, que originaron la Constitución española de 1812.
- De la Constitución de los Estados Unidos toma lo relativo a la división y el tipo de poderes del Estado. Es decir, Ejecutivo (Junta Suprema de Notables), Legislativo y Judicial.
- Está dividida en 2 títulos y 242 artículos.
- A través de esta se crearon las provincias de México, Tlaxcala, Puebla, Veracruz, Yucatán, Guanajuato, Técpan, Oaxaca, Michoacán, Querétaro, Coahuila, Guadalajara, Zacatecas, Durango, Potosí, Nuevo Reino de León y Sonora.
Forma de gobierno
La forma de gobierno que adoptó la primera Constitución mexicana fue la república, en sustitución del sistema monárquico que imperaba en el virreinato de Nueva España. El nuevo Estado mexicano se dividió en los tres poderes clásicos: ejecutivo, legislativo y judicial.
El Gobierno Supremo (así llamado el poder Ejecutivo) estaba compuesto por tres representantes con igual poder y deberes. El poder era ejercido alternando cada cuatro meses. Aparte de las labores administrativa y ejecutiva que desempeñaba el Ejecutivo, su otra función era garantizar el resto de los derechos que tenían los ciudadanos.
Estos derechos eran la libertad individual, la propiedad, la seguridad y la igualdad. José María Morelos, José María Cos y José María Liceaga fueron los integrantes del Supremo Gobierno.
Referencias
- Los autores de la Constitución de Apatzingán. Consultado de epositorio.colmex.mx
- Constitución de Apatzingán 1814. Consultado de diputados.gob.mx
- Constitución de Apatzingán – 1814. Consultado de tlahui.com
- Constitución de Apatzingán. Consultado de es.wikipedia.org
- Junta de Zitácuaro – Historia de México. Consultado de independenciademexico.com.mx