Definición de oficio
Oficio, del latín officĭum, es una ocupación habitual o la profesión de algún arte mecánica. El término suele utilizarse para hacer referencia a aquella actividad laboral que no requiere de estudios formales.
Por ejemplo: “Soy pintor, el mismo oficio que tenía mi padre”, “Si no quieres ir a la universidad, por lo menos aprende algún oficio que te permita ganar dinero”, “Pablo tiene un futuro negro por delante: sin oficio ni profesión, nunca conseguirá empleo”.
Se conoce con el nombre de oficio divino a la oración que realizan los sacerdotes cristianos, la cual se compone de diferentes himnos, salmos y antífonas, entre otras partes, que forman una estructura bien definida. Gran parte de su contenido se toma de la Biblia, de manera que mediante su lectura y estudio los creyentes se comunican con Dios usando sus propias palabras. Esto provoca que él los entienda a la vez que les permite a ellos acercarse a su Misterio.
Un oficio es, por otra parte, una comunicación escrita que suele estar vinculada a los asuntos de las administraciones públicas. Se trata de un documento que permite comunicar disposiciones, abrir consultas o llevar adelante distintas gestiones.
Los ministerios de un gobierno, las embajadas, los colegios profesionales y los sindicatos son algunas de las instituciones que apelan a los oficios para emitir ciertos comunicados.
Un oficio suele iniciarse con un membrete, datos sobre el lugar y fecha, la numeración del documento, su destinatario, el asunto y la referencia. A continuación aparece el texto o cuerpo del oficio, que será la parte central del documento e incluirá el mensaje que motiva la comunicación.
Finalmente se incluye la despedida, la firma y la posfirma (con el nombre y apellido de la persona que firma, su cargo y su sello).
Es posible distinguir entre distintos tipos de oficio. Un oficio múltiple es aquel que está dirigido a más de un destinatario, ya que se pretende comunicar un mismo texto a distintas personas o entidades.
El oficio de transcripción, por último, es un oficio que permite emitir resoluciones, directivas o circulares de un mismo oficio.
La expresión de oficio se usa para calificar a una actuación y le da el significado de diligencia o trámite de carácter judicial o administrativo que comienza sin que sea necesaria la actividad por la parte interesada, o sea que no se considera a instancia de parte.
Una típica actuación de oficio es aquella que lleva cabo la policía cuando llega a su conocimiento un suceso que constituye un delito y toma la decisión de dar comienzo a una investigación criminal. También puede ocurrir cuando el ministerio público o el juez inician un proceso de sumario, investigación o instrucción sin que haya habido una querella o una denuncia. Esto pertenece a las bases del Derecho procesal penal.
Otro caso relativamente común de actuación de oficio ocurre cuando el juez exige un trámite, aplica un razonamiento jurídico o sugiere el uso de una prueba que no hayan sido pedidos, invocados o aportados por ninguna de las partes. La ley debe regular la posibilidad de este recurso y suele ser diferente entre el Derecho civil y el penal.
Entre las características más destacadas de una actuación de oficio podemos mencionar las siguientes:
* la debe llevar a cabo un organismo público;
* dicho organismo público la debe realizar sin que ninguna parte la haya solicitado con anterioridad, y siempre manteniéndose en el terreno de sus competencias;
* en casi todos los casos, se trata de una potestad de este tipo de organismos, o sea que no solamente pueden hacer uso de él sino que tienen la obligación de hacerlo.